Valdeolivas&García ABOGADOS

jueves, 31 de marzo de 2011

ALIVIO A LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS

La abogacía catalana plantea una propuesta de ley en el Congreso para aliviar las ejecuciones hipotecarias

 El estudio realizado por el Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña (CICAC) considera que con la modificación de determinados artículos de la LEC se podría dar solución al debate social derivado de la problemática de las subastas de la vivienda habitual en España

Una representación de la abogacía catalana representada por la presidenta del Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña (CICAC), Lidia Condal, el decano del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), Pedro L. Yúfera, conjuntamente con los abogados miembros de la Comisión de Normativa del ICAB, Jesús Sánchez y Vicente Pérez Daudí, han presentado esta mañana ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados una propuesta de modificación de determinados artículos de la LEC a través de los cuales se podría mejorar y aliviar las ejecuciones hipotecarias sin afectar con ello al sistema hipotecario.

El CICAC ha realizado esta propuesta a raíz de un estudio realizado sobre la ley hipotecaria con el fin de encontrar una solución viable ante el debate social suscitado por la problemática de las subastas de la vivienda habitual hipotecada y su adjudicación a la entidad bancaria por un 50% del valor de tasación.

Este hecho está provocando que al deudor hipotecario se le embarguen sus bienes por el resto de la deuda que aún le queda pendiente, lo que conlleva que no sólo pierde su vivienda, sino que debe continuar pagando a la entidad bancaria por una propiedad que ya no es suya.

Ante las peticiones de que se acepte la dación en pago, es decir, que las entidades bancarias acepten la vivienda a cambio de la deuda existente, el CICAC propone otra opción, que mantiene el principio de seguridad jurídica y conservación de los derechos adquiridos, es decir, se mantienen los pilares básicos del derecho contractual español.

La Comisión de Justicia del Congreso se ha comprometido a estudiar esta propuesta totalmente innovadora, presentada por la abogacía catalana, y cuyos puntos esenciales son:

1)Regular un procedimiento notarial para la entrega de la vivienda.
2) A través de un trámite rápido y sencillo ante el Notario donde esté ubicada la vivienda habitual, se permite a la entidad financiera que pueda ofrecer notarialmente al deudor la entrega de la vivienda para cancelar parcialmente la deuda hipotecaria por un importe mínimo del 80% del valor de tasación. Con ello se consigue además, potenciar la desjudicialización del proceso hipotecario, con un ahorro importante de costes para la Administración de Justicia.
3)Modificación de varios artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil para evitar que en la subasta nadie se puede adjudicar la vivienda habitual por debajo del 80% del valor de tasación.
4)La entidad financiera no podrá ceder a un tercero la vivienda que se adjudique, si previamente no intentó el procedimiento notarial.

miércoles, 30 de marzo de 2011

MENOS BODEGAS

  
La Denominación de Origen La Mancha perdió en 2010 el 5,2 % de los viticultores por los arranques y falta de relevo generacional (hasta 18.067) y el 7,2 % de sus bodegas (hasta 256) debido a la crisis o a las fusiones entre algunas cooperativas. Así lo recoge el Observatorio Español del Mercado del Vino (OEMV) en un informe en el que recoge, además, una caída del 5,1 % de la superficie de viñedos por la reestructuración, hasta 169.900 hectáreas, tras la eliminación de 11.000 hectáreas de airén y, en menor medida, de garnacha y moravia.  

ACTO DE CASO FORUM

Catedráticos, letrados y economistas coinciden en que" la responsabilidad del Estado en el caso Forum- Afinsa es objetiva "

El propósito de la Jornada ha sido examinar la relación entre la justicia y los ciudadanos, tomando como base las aparentes contradicciones jurídicas y legales que rodean casos como el antes citado y ofrecer nuevas perspectivas de análisis, desde los ámbitos jurídico, económico, político y social sobre la protección real con que cuenta en nuestro país el ciudadano ahorrador y consumidor.

Durante el coloquio-debate moderado por la periodista Ana Samboal  y celebrado en la Sala de las Columnas del Círculo de Bellas Artes, se ha dado paso a la intervención de seis reconocidas personalidades del panorama jurídico y económico que han expuesto sus opiniones y su forma de trabajar respecto al caso Forum- Afinsa.
Javier Maqueda Lafuente, Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad del País Vasco, José Luís Vázquez Sotelo, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona, José Manuel Otero Lastres, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Alcalá de Henares y miembro del Consejo Editorial del Consejo General de la Abogacía Española,  Julio Antonio Aranda Roncero, letrado del Colegio de Abogados de Madrid y responsable del área de Derecho Penal del Bufete Marín, Hilario Hernández Marqués. Abogado del Estado y letrado del Colegio de Abogados de Madrid y Socio y Antonio Doñaque Sola Responsable del área de Derecho de la Propiedad Industrial e Intelectual del Bufete Marín y Responsable de los procesos que afectan a los afectados de Forum.

Al acto han acudido decenas de afectados por el caso Forum-Afinsa a los que los ponentes se han mostrado muy cercanos, y han expuesto que "confían en la Justicia" para que se elaboren mecanismos que solucionen el problema que desde 2006 afecta a 460.000 inversores.

Tras una breve explicación y exposición del posicionamiento de cada uno ante el tema, se ha dado lugar al debate durante el que, coincidiendo en la mayor parte de los temas tratados, los participantes han destacado la importancia de que las asociaciones de afectados están unidas para presentar algo concreto a los Grupos Parlamentarios e intentar llegar a un acuerdo.

Al mismo tiempo también han coincidido en que es necesario que el Estado garantice la seguridad y el control respecto a este tipo de entidades, y opinan de manera unánime que la responsabilidad del Estado en el caso es objetiva ya que ambas sociedades estaban legítimamente establecidas. 

martes, 29 de marzo de 2011

JUVENTUD 2.0

"Se vende confidencia por 50 Euros"

Hay una «percepción de que ciertos medios son capaces de pagar cifras millonarias por sucesos escalofriantes. Parece que no es incompatible la sensibilidad ante un hecho tan doloroso y el deseo de sacar tajada. Los índices de audiencia de ciertos programas evidencian que es una forma de sacar rendimiento que la sociedad no parece estar reprochando». Quien habla es la criminóloga Elisa García España al ser preguntada por el debate del mercado televisivo de los sucesos.

Una polémica que se ha avivado esta misma semana, tras la imputación de la presentadora Ana Rosa Quintana y otros ocho periodistas de Telecinco y Antena 3 por la entrevista a Isabel García, la mujer de Santiago del Valle, condenado por asesinar a la niña Mari Luz Cortés.
No es ni mucho menos un hecho aislado.

En otro crimen que también conmocionó a España, el ocurrido en la localidad malagueña de Arriate, hasta las más recónditas confidencias estuvieron en venta en todas las televisiones.

La aparición del cadáver de la niña María Esther Jiménez y la posterior detención de «El Vaca» dieron paso a un mercadeo en el que los jóvenes de este pequeño municipio de 4.000 habitantes acudían a programas de televisión previo pago, vendían material audiovisual protagonizado por el detenido y exigían dinero por atender a la prensa.

Un fenómeno que hace cuestionarse el sistema de valores de la llamada juventud 2.0, los perjuicios de los modelos sociales que se están transmitiendo a través de determinados programas en los que el dinero se obtiene fácilmente exponiéndose y si el minuto de gloria catódica está insensibilizando a una generación capaz de vender los secretos de su mejor amigo a cambio de 50 euros y una silla temporal en un plató.

lunes, 28 de marzo de 2011

BORRADOR DEL IRPF

El borrador del IRPF se podrá confirmar sin haberlo recibido

Desde el 4 de abril se podrá obtener a través de la página web de la Agencia Tributaria 

En siete días Hacienda dará el pistoletazo de salida a la campaña de la renta, cuya principal novedad este año es la posibilidad de confirmar el borrador de la declaración sin esperar a que Hacienda se lo envíe o notifique a través de SMS. Desde el lunes 4 de abril se podrá acceder a través de internet al borrador, teniendo delante el NIF y la declaración del año anterior, ya que se pedirá la cifra de una de las casillas de la declaración de 2010. La Agencia Tributaria empezará a realizar antes las devoluciones.

Si Hacienda no le puede hacer un borrador y está obligado a presentar declaración, tendrá que esperar hasta el 3 de mayo. El plazo se extenderá hasta el 30 de junio. No obstante, antes de confirmar el borrador, debe conocer algunos fallos que incluyen los borradores y que pueden perjudicarle.

Estos son algunos:

El año de la compra: Si usted compró su vivienda habitual en 2010, tenga cuidado. Normalmente Hacienda solo incluye en el borrador los pagos de la hipoteca, y no lo que se paga al promotor o los gastos de gestoría, notario, impuestos... Inclúyalos sabiendo que el máximo son 9.015 euros.

Atentos a la casilla 738: Quienes compraron su casa antes del 20 de enero de 2006 tienen derecho a una deducción adicional. Si es su caso, compruebe que está marcada esta casilla. Y tenga cuidado con la deducción en caso de separaciones o divorcios.

Cambio de hipoteca: Si cambia de banco su hipoteca, normalmente en el borrador aparece la cancelación total del préstamo antiguo y no se incluyen datos de la nueva entidad, ni el importe del nuevo crédito.

Nacimientos y adopciones
El primer año: Compruebe que le han incluido la deducción por el nacimiento o adopción de su hijo.
Ayudas: Si no ha cobrado los 100 euros mensuales de paga a las madres trabajadoras, o los 2.500 por el nacimiento de su bebé, es hora de aplicar la deducción.

Ayudas estatales
Plan 2000E: Hacienda no incluye en los borradores ni en los datos fiscales las ayudas inferiores a 3.000 euros, por tanto no aparecerá el dinero del plan 2000E recibido como ayuda a la compra de automóvil. Pero la Agencia Tributaria, aunque ahora no tenga esa información, puede obtenerla meses después y reclamarl al contribuyente. Téngalo en cuenta.

Subvenciones a la compra de vivienda: La ayuda estatal al pago de la entrada de la vivienda no está exenta, de modo que debe incluirla como ingresos aunque no aparezca en los datos fiscales que tiene.

Gastos del trabajo
Cuotas sindicales y colegios profesionales: Vigile que aparece como deducción de las rentas del trabajo el dinero que destinó el año pasado al pago de las cuotas sindicales o al colegio profesional. Si no está incluido, hágalo, puede ahorrarse unos euros. Defensa jurídica: Puede deducir el dinero pagado a los abogados por algún problema con su empresa del que Hacienda no tiene ningún dato.

Fallecimientos
Si en 2010 falleció alguno de los miembros de su unidad familiar, comuníquelo en su declaración.
Teniendo todo esto en cuenta, modifique el borrador confírmelo. Si es una declaración a devolver, le interesará porque, si no hay problemas, en unos días recibirá su devolución. 

viernes, 25 de marzo de 2011

"EL CUCO" SALE ABSUELTO

El 'Cuco', absuelto de asesinato y violación de Marta del Castillo 


Más vídeos en Antena3

El juez de Menores número 1 de Sevilla, Alejandro Vián, ha absuelto al menor conocido como el 'Cuco' de la violación y el asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo y lo ha condenado únicamente por un delito de encubrimiento a tres años de internamiento en un centro cerrado, según han informado a Europa Press fuentes del caso.
 Durante el juicio celebrado los pasados meses de enero y febrero, la Fiscalía de Menores solicitó para el acusado una condena de seis años de internamiento en un centro cerrado, seguido de tres años de libertad vigilada por un delito de asesinato; dos de agresión sexual --uno como autor directo y otro por facilitar la agresión sexual perpetrada por Miguel Carcaño--, y uno contra la integridad moral por el daño causado a los padres al no desvelar el paradero del cuerpo.
Por último, y en caso de que el juez "no considere que existan pruebas suficientes de la directa participación del menor en todos los hechos", la Fiscalía pidió que se le condenara por un delito de encubrimiento, pidiendo en este caso tres años de internamiento en centro cerrado.
La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha anunciado que recurrirá la sentencia que absuelve a 'El Cuco' de la violación y asesinato de Marta del Castillo y lo condena por encubrimiento, y ha reconocido que el fallo ha sido "una gran decepción" para la Fiscalía porque no esperaban esta sentencia.Informó Europa Press. 

miércoles, 23 de marzo de 2011

REVISTA DE ABOGADOS

"Tabaco, descargas, juegos on line....: LEYES QUE GENERAN DEBATE SOCIAL"

Desde este espacio, el despacho de abogados V&G ABOGADOS en Alcázar de San Juan, presenta la portada de la revista ABOGADOS, publicada por el Consejo General de la Abogacía Española donde se pondrán de manifiesto todas las Leyes que han generado debate social en los últimos meses.

Una revista de abogados para abogados:
abogados.es

martes, 22 de marzo de 2011

PEDERASTIA

Las víctimas eran chicas menores colombianas a las que Pablo Lapiedra ofrecía «casting» y pagaba 

 
 
La Policía detuvo el jueves en Barcelona al director y productor de cine «porno» Pablo Lapiedra al que las autoridades colombianas investigaban desde finales de 2008. En esas fechas el rector de un instituto de Medellín (Colombia) interpuso una denuncia después de que varios alumnos le contaran que una de sus compañeras Mary A.R.M., de 16 años, aparecía en un vídeo pornográfico con dos adultos que la sometían a todo tipo de vejaciones e insultos. Se trataba de un material sórdido, colgado en una página de internet llamada «pablolapiedra», en el que aparecían otras jóvenes no identificadas, aparentemente adolescentes. Las películas se vendían a entre diez y 75 euros la descarga, según avanzó ayer la Cope.

Al rastrear el dominio de esa web se llegó hasta una ciudadana llamada Zuleydy Piedrahita, natural de Cali (Colombia), casada con el español Lapiedra y residente en Madrid. Se hacía llamar «Little Lupe» o «Lupe Fuentes», apodos con los que ha triunfado como «pornostar». La Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía española se sumó a la investigación y averiguó que en algunas de las películas aparecía la propia Zuleydy como auxiliar en el rodaje o como espectadora. El cámara era Lapiedra.

Zuleydy, que aprovechaba su apariencia de «lolita» aunque era mayor de edad, actuaba también en otra parte del material en el que la menor colombiana aparecía con hombres y mujeres. Esas escenas ya no estaban alojadas en la web citada sino en otra, por lo que se dedujo que los abusos sobre la menor habían seguido y se le tomó declaración.

Mary contó que fue reclutada para un casting por el matrimonio y que la llevaron a un hotel a las afueras de Medellín para grabar. Para salvar la «contrariedad» de que fuera menor, la pareja le proporcionó una identidad nueva y una nueva edad: 18 años. De hecho, ella aparece en el vídeo dando ese falso nombre y explicando que tiene 18. La chica relató que grababan esas películas durante horas, de ocho de la mañana a siete de la tarde, que le prometieron no distribuirlas en Colombia, que el vídeo del supuesto «casting» fue el último que se filmó y le pagaron 700 euros. La menor procede de una familia desestrurada y sin casi recursos.

El mes pasado la Policía colombiana detuvo a tres individuos por pornografía, miembros de esta supuesta red, mientras que Lapiedra, con varios domicilios en Madrid, Barcelona y Alicante, no había sido localizado en ninguno de ellos (se dictó una orden de detención internacional contra él). El jueves fue arrestado en la vivienda de su nueva novia en la Ciudad Condal y entregado a la Audiencia Nacional, que debe acordar su extradición a Colombia. Su ex mujer vive en Los Ángeles y está en libertad. La Policía colombiana los acusa de dirigir una red de pornografía infantil.

lunes, 21 de marzo de 2011

CODIGO ALFANUMERICO

Seremos códigos alfanuméricos : la reforma del Registro Civil

La derogación de la venerable Ley del Registro Civil 1957 se inserta en el marco del proceso de modernización de la Justicia en el que, a razón de novedad legislativa casi diaria, se haya inmerso el ordenamiento español en los últimos años.
 
A las sucesivas reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil o la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se unen las proyectadas de la Ley de la Jurisdicción Social y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de la que aún no se conocen con certeza ni su alcance, ni sus intenciones.

Pero además han de destacarse otros proyectos de tanta importancia como la implantación del uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia o la creación de los mal llamados Tribunales de Instancia -mera suma de jueces del primer escalón judicial que, en principio, no actuarán como órgano colegiado-.

En esta vorágine, dentro del proceso de modernización indicado, se encuentra la reforma que, sin apenas publicidad, se trata de llevar a cabo en el Registro Civil. El sigilo de la tramitación de esta iniciativa normativa condujo, en buena lógica, a su publicación en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados, sin que existiera especial constancia de la tramitación prelegislativa llevada a cabo, ni sobre qué informes habían sido solicitados al respecto. Así, sólo cabe recordar la polvareda levantada por la regla -que aún consta en el proyecto- relativa a la preferencia alfabética, en caso de discrepancia entre los progenitores para el orden de la transmisión de los apellidos a los descendientes.

También llama la atención que este proyecto legislativo se inserte en el calificado como proceso de modernización de la Justicia, pues su relación directa con la materia no parece ir más allá de la eliminación -con la consiguiente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial- de la llevanza del Registro por los Jueces, para pasar a encomendarse a los Encargados del Registro Civil, que procederán de los cuerpos de funcionarios de carrera del subgrupo A1 que tengan Licenciatura en Derecho o titulación universitaria equivalente y del de Secretarios Judiciales.

Además de esta novedad orgánica, el proyecto presenta una mezcla de continuismo con su predecesora y de innovación, como indica la Exposición de Motivos, para adecuar la norma a la realidad política, social y tecnológica. Este objetivo se persigue, fundamentalmente, a través de la telematización absoluta del Registro Civil, que implica por ejemplo la desaparición del Libro de Familia y de las tradicionales Secciones del Registro, que se sustituyen por un sistema de "hoja personal" o de "registro individual para cada persona", a los que, continúa la Exposición de Motivos, desde el momento de su nacimiento o desde la adquisición de nacionalidad, se les asigna un "código personal de ciudadanía".

¿Y qué se esconde bajo esta extravagante denominación? Pues, según la disposición adicional primera del proyecto, "el código personal de ciudadanía (CPC) al que se refiere el artículo 6 de la presente Ley estará constituido por la secuencia alfanumérica que asigne el sistema informático vigente para el Documento Nacional de Identidad y servirá de base para éste".

Es decir, que desde que se produzca, por ejemplo, la inscripción de nacimiento de una persona, se le asignará por ese sistema informático una secuencia alfanumérica que servirá de base para el DNI.

El paralelismo con el funcionamiento del Registro de la Propiedad es, sin duda, llamativo. Al igual que ocurre con las fincas, se inmatriculará a la persona, abriéndose su registro individual, una hoja propia, que podría denominarse "folio personal", de acuerdo con la técnica y doctrina registral. En ese folio personal, como señala el proyecto de Ley, constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y demás cualidades de la persona (artículo 5). En dicho registro se inscribirán o anotarán, continuada, sucesiva y cronológicamente, todos los hechos y actos que tengan acceso al Registro Civil.

Descartado el supuesto de la doble inmatriculación, aunque para su evitación no contiene el proyecto ninguna referencia a la actualización de los datos biométricos o a la constancia de los genéticos de la persona, el CPC se erige en el gran instrumento de construcción del nuevo sistema del Registro Civil, en el que desaparecen los nexos de territorialidad del Registro Civil, que se configura como único para toda España (artículo 3).

Por consiguiente, el CPC será la referencia válida del sistema, en atención a la cual se practicarán los asientos en el registro individual de cada persona. Más allá del ámbito propiamente registral, a través de este instrumento, el Estado contará con un medio de identificación permanente de sus ciudadanos, desde la práctica de la inscripción de nacimiento -es claro que la denominación empleada en el proyecto encierra un cierto contrasentido desde la óptica de la tradición política, en la que ciudadano es el que participa en el proceso político-. Además, aunque no se precise, ese CPC coincidirá con el futuro DNI que se expida -la factura técnica de las normas transitorias del proyecto, en este punto, es deplorable-.

La interrelación de las hojas personales permitirá crear una red informatizada de datos de carácter personal al alcance de las Administraciones Públicas (artículos 8 y 80). No se ha previsto en el proyecto, aunque podría considerarse incluida en esa posibilidad de acceso administrativo, que, por ejemplo, puedan cruzarse los datos entre los principales registros públicos estatales -Civil, de la Propiedad y Mercantil y de Bienes Muebles-.  

No es fácil aventurar si este proyecto se aprobará en los términos en los que actualmente se encuentra -pues presenta numerosas incorrecciones fruto, quizás, de una acelerada tramitación-, aunque desde luego no es descartable que la innovación consistente en la figura del CPC sea valorada de manera positiva y aun saludada con grandes vítores y alabanzas por el progreso que se supone que implica.

Bienvenidos al siglo XXI.
La lectura de este proyecto legislativo trae a la memoria algunos de los numerosos mitos que existen en torno a la legislación. Entre ellos cabe contar con el del legislador extranjero -de ordinario mejor valorado que el patrio y que, de hecho, ya ha sido invocado (el legislador alemán) para resolver la aludida preferencia alfabética de apellidos- o el de la potestad legislativa plena de las Cámaras -que sanaría todo vicio u omisión de procedimiento por el prelegislador o aun la misma inobservancia de lo establecido en las leyes-.

Quizás el legislador español debería huir de esos mitos y elaborar proyectos normativos de manera sosegada -a estas alturas, y por citar sólo uno de los muchos aspectos mejorables, sigue siendo extraño que un proyecto de ley que se envía a Cortes contenga remisiones a artículos del propio texto que no existen-, tratando de recabar la opinión de los organismos públicos y privados con competencia o interés en la materia.

Frente a esta innovación histórica, valga una modesta propuesta, relacionada de manera indirecta con el proyecto de ley comentado. Podría ocurrírsele a alguien que, de una vez por todas, se constate en las causas judiciales y en los procedimientos administrativos -incluidos los tramitados ante el Registro de la Propiedad- que se consigne el DNI de las partes, los interesados o los intervinientes. La existencia de reclamaciones de responsabilidad patrimonial que, de una u otra manera, están relacionadas con la falta de constancia de ese dato o con su errónea consignación es simple y llanamente inaceptable. 

viernes, 18 de marzo de 2011

CHANTAJE SEXUAL A MENOR POR INTERNET

Detenido por chantajear sexualmente a un menor a través de Internet 

 
Un joven de 18 años ha sido detenido en Alicante acusado de haber chantajeado sexualmente a un menor de edad, tras obtener un vídeo en el que éste aparecía desnudo y haberle exigido luego más imágenes bajo la amenaza de publicar su contenido en Internet.
Fuentes de la Policía Nacional han indicado hoy en un comunicado que este tipo de chantaje o acoso sexual es conocido como 'grooming' y han explicado que el detenido se hizo pasar por una chica para obtener el vídeo del menor desnudo.
Los hechos comenzaron hace aproximadamente un año, cuando el menor entró en contacto a través de la red con el ahora detenido, quien se hizo pasar por una chica y le invitó a que chatear.
Una vez ganada su confianza y después de mantener varias conversaciones, el presunto acosador pidió al menor que se desnudara ante la webcam y grabó las imágenes sin que él lo supiera.
Posteriormente, empezó a chantajear al menor exigiéndole nuevas imágenes y fotografías de él desnudo, bajo la amenaza de que publicaría el vídeo en Internet y se lo enviaría a sus conocidos si no accedía a sus peticiones.
El menor se negó al chantaje y el vídeo fue finalmente subido a Internet, aunque denunciado y retirado poco tiempo después, según las mismas fuentes.
Tras una investigación, el GRUME, en colaboración con el Grupo de Delitos Tecnológicos de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Alicante, logró ayer identificar y arrestar al presunto autor del chantaje.
Los agentes practicaron también un registro en su domicilio de Alicante e intervinieron un ordenador portátil y tres discos duros para su estudio y análisis.
En estos momentos continúan las gestiones para localizar a otras posibles víctimas y determinar la posible implicación del detenido en otros hechos de similares características. 
INFORMO EFE. ALICANTE.

FOTOGRAFIAS JORNADAS VALORACION JURIDICA DEL DAÑO

jueves, 17 de marzo de 2011

UN BEBÉ MUERTO

La madre, de 24 años, permanece en el hospital donde aún se recupera de las complicaciones sufridas en el parto 

La Policía Nacional de El Ejido (Almería) ha detenido a los padres y a una de las hermanas de F.K., una mujer de origen marroquí de 24 años de edad que ingresó en el Hospital de Poniente de El Ejido con claros síntomas de haber dado a luz y que, según la investigación policial, se deshizo del bebé al arrojarlo desde el edificio en el que vivía a un callejón en la calle Maestro José Ruiz, de forma que cuando se halló ya estaba muerto.

Fuentes de la Comisaría Nacional de Policía han indicado que el padre identificado como M.K., de 52 años; la madre conocida como M.L., de 45, y la hermana detenida, A.K., de 19, han sido arrestados en la tarde del miércoles por su participación en los hechos, si bien se espera a que durante la jornada de este jueves presten declaración en la Comisaría ejidense para determinar su implicación en los hechos, ya que vivían con la presunta homicida.

Así, la Policía se encuentra también a la espera que se practique la autopsia al bebé para determinar las causas de la muerte, ya que esta puede deberse a distintos hechos pese a que sea el impacto una de las hipótesis más probables, aunque no se descartan otras. Mientras, la madre permanece en el hospital donde aún se recupera de las complicaciones sufridas en el parto.

La Policía ha recibido las primeras declaraciones y practica aún las pertinentes gestiones con el objeto de esclarecer todas las circunstancias que hayan podido concurrir en estos hechos mientras que la mujer permanece ingresada en calidad de detenida en el Hospital de Poniente. Así, se sospecha que pudiera haber sido arrojado desde una "determinada altura" a la calle. La sospechosa acudió al centro sanitario en la madrugada del miércoles por el servicio de urgencias al presentar síntomas evidentes de haber dado luz recientemente, si bien en un principio se negó a aportar información sobre el estado de bebé.

El cadáver en un pasillo

Tras realizar las correspondientes averiguaciones, funcionarios de la Policía Judicial de la Comisaría de El Ejido se personaron en el esta mañana en el domicilio de la mujer y hallaron el cadáver, que se encontraba en una especie de pasillo entre el bloque del domicilio y otro anejo. La Policía Nacional, que ha arrestado a F.K. como presunta autora de un delito de homicidio, ha abierto una investigación para esclarecer las causas del fallecimiento a la espera del resultado de la autopsia que se practica en el Instituto de Medicina Legal (IML). Hasta el lugar de los hechos también se desplazó la comisión judicial, que procedió al levantamiento del cuerpo.

miércoles, 16 de marzo de 2011

CLAUSURADAS LAS JORNADAS DE CIUDAD REAL

Las Jornadas de Valoración Jurídicas del Daño fueron clausuradas ayer con gran éxito


El socio y compañero de este despacho de abogados en Alcázar de San Juan, D. Eduardo Jesús García Villajos, nos deleitó a todos con su intervención en una comunicación de la tarde de ayer sobre:
"Los Sujetos responsables en los vehículos de motor".
Asimismo, aprovechó la ocasión para animar a todos los jóvenes abogados, especialmente a los que hoy se encuentran cursando la Escuela de Práctica Jurídica para que, en futuras ponencias, sean ellos los comunicadores en cuestiones de interés, involucrándose en los temas de actualidad y el estudio, puesto que somos los jóvenes abogados el futuro de la profesión y, a pesar de ello, el colectivo más desconocido.

Desde V&G ABOGADOS, queremos dar las gracias tanto a la Asociación de Jovenes Abogados de Ciudad Real (AJA) como al Ilustre Colegio de Abogados de Ciudad Real y resto de intervinientes, por su participación y apoyo en el desarrollo de estas Jornadas, animando a la AJA a la organización de futuras jornadas como ésta, que sirvan de estímulo tanto a los abogados más experimentados como a los más jóvenes. 

MUCHAS GRACIAS.

martes, 15 de marzo de 2011

DUDAS SOBRE LOS 110 KM/H

Preguntas y respuestas

 ¿Qué otras soluciones se podrían plantear?
 Los expertos creen que es más eficaz fomentar la renovación del parque automovilístico. Según los últimos datos de la DGT, de octubre de 2010, en España circulan 22,2 millones de turismos, de los cuales un 42,5% tiene más de diez años de antigüedad y el 73,5% más de cinco; porcentaje incluso superior en el caso de furgonetas y autobuses, más contaminantes. «Los coches con menos de cinco años consumen un 30% menos», estima Conductores Europeos Asociados (CEA). Las asociaciones apuestan además por formar en «eco-conducción»; calculan que conduciendo de modo inteligente se ahorra hasta un 15% de combustible.
  
¿Cuánto le cuesta al Estado esta medida?
 Fomento pegará láminas imantadas con el nuevo límite legal sobre las 6.000 señales de 120 km/h que hay en las autovías y autopistas del Estado. A un precio de entre 35 y 50 euros cada una, según el diámetro, la «obra» costará a las arcas públicas 250.000 euros. A ese montante hay que sumar los 100.000 euros que gastarán autonomías, diputaciones y cabildos en las redes de su titularidad. Así, la factura total asciende a unos 350.000 euros. Además, los técnicos de Hacienda advierten de que si el consumo de carburante baja lo estimado, el Estado dejará de ingresar de 620 millones de euros en concepto de impuestos.

¿Se traducirá en más multas al conductor?
 Las asociaciones de automovilistas creen que sí. «Porque se va a producir un incumplimiento generalizado de la norma y consolidará el carácter de las multas como un pequeño impuesto», explica Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados. La AEA cree que el aumento supondrá 210.000 multas al año, que se suman a las 750.000 que se impusieron en el pasado ejercicio. Así, si se aplica la sanción mínima —de 100 euros, cuando se sobrepasa el límite de 110 km/h en una escala que va desde los 111 a 140 kilómetros—, la Dirección General de Tráfico recaudaría 21 millones de euros más por sanciones.
  
¿Afectará a la productividad del país?
 El presidente del Gobierno, Rodríguez Zapatero, aseguró tras aprobar el nuevo límite que «no se trata de algo tan grave» llegar 10 o 15 minutos tarde. Sin embargo, el Gobierno británico estudia aumentar la velocidad máxima permitida en autovías de 112 a 128 km/h porque estima que tendría un efecto estimulante en la productividad de los trabajadores de su país. «Reduciría los tiempos de viaje, impulsando la economía», explicó Philip Hammond, secretario de Transporte, quien cree que el ahorro de combustible es una elección personal de cada individuo. «Ellos sabrán si necesitan o no ahorrar dinero», dijo.

¿Cuál es la velocidad máxima en otros países?
 España se situará entre los países europeos con el tope legal de velocidad en autopistas y autovías más bajo cuando mañana entre en vigor el límite de 110 km/h. Zapatero destacó que es algo que ya se aplica en algunos países «de los más avanzados», y citó como ejemplo a los Estados del norte de la Unión Europea. De hecho, en Suecia, el máximo legal oscila entre los 90 y 110 km/h en autopista. En el lado contrario están Francia e Italia, donde el máximo permitido es de 130 kilómetros por hora; también en Alemania, aunque es sólo una recomendación oficial. En Holanda, Grecia y Portugal el límite en autopista es de 120 km/h.

¿Menos contaminación y menos accidentes?
 Ni reducir la contaminación ni salvar vidas forma parte del objetivo final del Ejecutivo al limitar la velocidad máxima. Pero podrían ser dos de los efectos secundarios de la medida. «Aunque la velocidad no siempre tiene que ver con la seguridad, influyen más factores», dice Mario Arnaldo, de AEA. De hecho, los automovilistas avisan de que reducir la velocidad cansará más a los conductores y se dormirán al volante según el tipo de vía. En cuanto a la reducción de las emisiones, las asociaciones piden otras fórmulas como el uso responsable del vehículo o de coches con motores modernos, como los híbridos.

lunes, 14 de marzo de 2011

EL SUPREMO NO SUSPENDE LOS 110

Postpone las decisión de adoptar las medidas cautelares pedidas hasta escuchar al Gobierno y a los demandantes 
El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que no procede suspender de momento la limitación de velocidad a 110 km/h impuesta por el Gobierno desde el pasado 7 de marzo en autovías y autopistas como medida de ahorro energético. No obstante, el tribunal, que todavía no se ha pronunciado sobre si el nuevo límite es legal o no, ha convocado en los próximos cinco días al Gobierno para valorar si procede suspender cautelarmente la nueva limitación mientras estudia el recurso.
La empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' presentó el pasado lunes un recurso contra el nuevo límite ante el tribunal en el que pedía que se suspendiera de manera cautelar, con carácter "provisionalísimo" (antes de escuchar a las partes), la nueva limitación.
En el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo rechaza esta petición y señala que tomará la decisión sobre si suspender temporalmente la limitación de velocidad a 110 km/h en autopista y autovía mientras estudia el recurso, tal y como pide Dvuelta y 'Movimiento140, después de escuchar al Gobierno y a los demandantes.
El Supremo recuerda que para que proceda adoptar una medida cautelar sin escuchar a las partes es preciso que "concurran circunstancias de especial urgencia" que se sumen a las razones para adoptar medidas cautelares. Sin embargo, el tribunal argumenta que, en este caso, no hay "razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado".
Asimismo, el Supremo recuerda que la limitación a 110 km/h se trata de "una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico" por los que se tomó la medida, por lo que considera que antes de decidir si suspende temporalmente o no el nuevo límite para autopistas o autovías mientras estudia el recurso hay tiempo para escuchar las razones del Gobierno.
En este sentido, señala que la tramitación de las medidas cautelares pedidas por Dvuelta y 'Movimiento140', aún cuando se espere a escuchar al Gobierno, será "lo suficientemente rápida como para que concluya en fecha muy anterior al referido plazo de cuatro meses", que es el tiempo en el que va a estar en vigor de momento la nueva limitación.
 
RECURSO DE DVUELTA Y 'MOVIMIENTO140'
 
En el recurso presentado por Dvuelta y 'Movimiento140', ambas entidades argumentan que el Real Decreto es contrario a la Ley de Tráfico, ya que fija con carácter general un límite de velocidad sin atender a los "únicos criterios" que, en opinión de los demandantes, el Gobierno puede tener en cuenta según la Ley de Tráfico: la seguridad vial.
Para esta compañía y esta plataforma, sería necesaria una modificación de la Ley de Tráfico, con su consiguiente trámite parlamentario, para que, haciendo uso de ella, el Gobierno pueda modificar los límites de velocidad atendiendo únicamente a criterios de ahorro energético.
"El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen", subrayan.
Asimismo, los demandantes señalan que el Gobierno podría haber invocado, tras información pública de tal situación, el estado de escasez de suministro petrolífero, como expresa la Ley del Sector de Hidrocarburos, para modificar los límites de velocidad, pero recuerdan que el Ejecutivo ni ha utilizado la Ley del Sector de Hidrocarburos ni ha reconocido que España se encuentre en esa situación.
Dicha Ley especifica que, previamente a una medida como la aprobada, el Gobierno tiene que declarar expresamente que el país se encuentra en situación de "escasez de suministro petrolífero", situación que no se ha producido, por lo que, a juicio de Dvuelta y Movimiento140, el Real Decreto "vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos".
Por otro lado, Dvuelta y Movimiento140 indican que al rebajar el límite de velocidad, "la norma modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico sin tener en cuenta el bien jurídico protegido". "Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica, por cuanto no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos", subrayan. Dvuelta aconseja recurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110 ..

viernes, 11 de marzo de 2011

DETENIDO EN BARAJAS

Detenido cuando huía a Rumanía tras intentar matar a su mujer

   Agentes del Cuerpo Nacional de Policía del aeropuerto Madrid-Barajas han detenido a un hombre de 38 años, A.A.H.A., de nacionalidad rumana, cuando intentaba huir a su país de origen tras intentar matar a su ex mujer en la localidad ciudadrealeña de Alcázar de San Juan.
   En nota de prensa la Subdelegación del Gobierno ha explicado que al detenido se le acusa de un presunto delito de homicidio en grado de tentativa cometido sobre su esposa, de la que se encontraba en trámites de divorcio.
   Los hechos ocurrieron en el domicilio de la víctima, en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), el pasado viernes 4 de marzo. Tras la agresión, el ahora detenido consiguió huir, siendo su ex mujer la que presentó la denuncia de los hechos.
   Así, las gestiones policiales llevadas a cabo dieron como resultado su localización en el aeropuerto madrileño este domingo, 6 de marzo, cuando se disponía a viajar hacia Rumanía en avión.
   El Juzgado de Instrucción número 43, en funciones de Guardia, en Madrid, ha ordenado el ingreso en prisión del detenido, inhibiéndose de las actuaciones a favor del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcázar de San Juan.
 

jueves, 10 de marzo de 2011

CON LA MISMA SANCION


Los Agentes de Tráfico siguen multando con los antiguos límites
Denuncias que por falta de órdenes se sanciona una u otra velocidad, según la provincia
Si tiene previsto circular en los próximos días por varias provincias, esté atento al velocímetro de su coche porque dependiendo de la zona es posible que reciba una multa o no, pese a mantener la velocidad. Esa es la denuncia formulada ayer por la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO), que aseguró en una nota que nos podemos encontrar con conductores sancionados por rebasar los 116 km/h, otros por superar los 121 y otros por pasarse de 132, y todo según la provincia en la que se circule.
¿Por qué? Porque «las escasas instrucciones» respecto al funcionamiento de los radares y las denuncias «se han impartido de forma verbal y todas en el sentido de mantener los límites sancionadores vigentes con anterioridad», es decir, como si la velocidad máxima fuera todavía de 120 km/h, «lo que implica que los radares salten y se denuncie al rebasar los 132 km/h, aseguran desde la UO. Varios agentes de Tráfico consultados por ABC confirmaron esta información.
«La única orden recibida, por cierto, por vía telefónica, es que se mantengan los límites anteriores a la entrada en vigor de la medida, es decir, al rebasar los 132 km», explica un agente gallego. Sin embargo, otro madrileño especifica que se les ha pedido que se siga el criterio de la instrucción de 2006 de la DGT. Según esa tabla, para un límite de 110, la infracción se cometería a partir de 121 km/h. «En Madrid, por ahora, la Guardia Civil no denunciará por debajo de 122 km/h», indica este funcionario.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, se aprestó ayer a asegurar que la DGT ha «adecuado» los radares al nuevo límite de 110 km/h, respetando un margen de error, y ha dado instrucciones «claritas» a Tráfico de la Guardia Civil para que haga lo propio con los radares móviles. «A lo mejor a este guardia no le han llegado las instrucciones, pero yo le aseguro que la Guardia Civil tiene las instrucciones y claritas», ironizó.
«No verá multas a 111 ni a 112 kilómetros por hora», subrayó el director de la DGT en referencia al margen de error que aplica Tráfico sobre la velocidad que capta un radar, por las disfunciones que puede registrar el aparato o el velocímetro del coche. Según esos correctores, a tenor de la orden ITC de noviembre pasado, el radar puede actuar al rebasar los 116 km en el caso de los fijos y estáticos y 118 en el caso de los móviles para limitaciones de 110, es decir, un 5 para fijos y un 7 para móviles.
«La cooexistencia de órdenes verbales y escritas contradictorias está generando confusión entre los jefes de los destacamentos de Tráfico de la Guardia Civil, que no saben con certeza qué límite aplicar», destaca la UO.
La confusión está servida. «En nuestro caso —señala el agente gallego— hay instrucciones de que en tramos de concentración de accidentes denunciemos a 116». Los dos funcionarios consultados aseguran que otros cuerpos como la Policía Municipal de Madrid o los Mossos serán menos «flexibles». Por ahora lo que no ha habido son más multas.

miércoles, 9 de marzo de 2011

AENA Y LA POSIBLE HUELGA

La huelga de AENA... ¿AFECTARÁ A LA SEMANA SANTA?

Desde este despacho de abogados en Alcázar de San Juan y, a la vista de las declaraciones vertidas sobre este asunto por el Delegado sindical de CC.OO., José Manuel Lorenzo, del responsable de Relaciones Institucionales de UGT, Raúl Gómez, asegurando -según información obtenida por Europapress en el video que a continuación les mostramos-:
"La convocatoria de huelga se debe a la "irresponsabilidad y la arrogancia" del ministro de Fomento, José Blanco y que afectará, entre otros días, al "20, 21, 24, 25 de abril, al 30 de abril y al 2 de mayo". 


martes, 8 de marzo de 2011

REFORMAS CIVILES Y ADMINISTRATIVAS

El Gobierno elimina trámites innecesarios, amplía las posibilidades de acogerse a procedimientos simplificados y racionaliza el sistema de recursos

 El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal, destinado a agilizar y facilitar el funcionamiento de los tribunales civiles y contencioso-administrativos, dos órdenes jurisdiccionales fundamentales para la actividad económica.
El proyecto introduce reformas orientadas, fundamentalmente, a la simplificación y supresión de trámites innecesarios y, también, a impedir la dilación deliberada del proceso o limitar el uso desproporcionado de instancias judiciales.
 
Para ello, racionaliza los procesos y mejora el sistema de recursos extraordinarios. Las medidas tienen como objetivo principal mejorar la respuesta de juzgados y tribunales, dentro del contexto general de reforma de la legislación procesal, para lograr una administración de Justicia más ágil, moderna y eficaz.
 
El Gobierno considera que los efectos de las mejoras introducidas podrán notarse en el sistema económico, con especiales beneficios para los consumidores, las pequeñas y medianas empresas, así como para la competencia en el mercado.
 
Entre las medidas más destacadas figuran, en el orden jurisdiccional civil, que en el proceso monitorio (procedimiento para reclamaciones de deuda acreditadas documentalmente) se suprime el límite máximo de 250.000 euros y se equipara así al sistema monitorio europeo.
 
De esta manera, se amplía el uso de un instrumento procesal más ágil que ha demostrado su eficacia en las reclamaciones de deuda en un momento de crisis como el actual.
 
En cuanto a los recursos, se excluye el recurso de apelación en los juicios verbales de reclamación de cantidad (hasta seis mil euros), de modo que la sentencia de primera instancia devendrá firme. Con ello se salvaguarda el derecho de acceso al juez al tiempo que se limita el uso innecesario de instancias judiciales y evita que los litigios se mantengan abiertos durante años.
 
También se elimina el trámite de anuncio y preparación de recursos, de forma que los mismos se anuncian y formalizan en un solo escrito, lo que reducirá los tiempos y evitará dilaciones por exceso de trámites.
 
En cuanto al recurso de casación, se refuerza el papel del Tribunal Supremo como garante de la igualdad y, por tanto, su papel como tribunal de unificación de doctrina, mediante la actualización de la cuantía mínima para recurrir en casación en los órdenes contencioso-administrativo y civil, inalterada desde los años 1998 y 2000, respectivamente, que pasa de 150.000 a 800.000 euros.
 
En relación con los procesos especiales para la tutela del crédito, se incorpora el «renting» (alquiler a largo plazo con derecho a compra) al régimen procesal especial, que ya estaba previsto para la protección de contratos similares como el «leasing», en cuanto a la recuperación de los bienes entregados en arrendamiento.
 
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
 
En el ámbito contencioso-administrativo, se incorporan determinadas modificaciones que implican una mejora y racionalización técnica, como la supresión de trámites innecesarios en la fase probatoria, la eventual supresión de la vista cuando las partes están de acuerdo, o un más adecuado y clarificado régimen jurídico de las medidas cautelares más urgentes.
 
También se elevan los límites cuantitativos, tanto del recurso de apelación como del de casación, pasando este último de 150.000 a 800.000 euros. Se incorpora además, de una forma más clara, el interés casacional como mecanismo de inadmisión de los recursos.
 
En este caso la agilización se consigue por dos vías: en primer lugar, dotando de firmeza a las resoluciones en plazos más breves y, en segundo lugar, descargando a los órganos de apelación y casación de un importante volumen de asuntos, lo cual les permitirá desarrollar con mayor rapidez el resto de sus funciones.
 
Finalmente, en materia de costas procesales para los procesos de única o primera instancia se incorpora el criterio del vencimiento, con la posibilidad de que el órgano judicial pueda exonerar de las mismas cuando concurran circunstancias que justifiquen su no imposición.
 
Por último, la reforma incorpora determinados preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regulan la intervención de las personas jurídicas en el proceso en calidad de imputadas, consecuencia de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal operada por Ley Orgánica 5/2010, que introdujo un régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas. 

lunes, 7 de marzo de 2011

"MAS MULTAS Y MENOS PUNTOS"

"Tráfico aplicará la escala de sanciones proporcionalmente a la reducción, desde las seis de la mañana de hoy lunes" 
La reducción del límite de velocidad en autovías y autopistas para automóviles y motocicletas de 120 a 110 km/h entrará en vigor a las 6 horas del lunes, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el Real Decreto 303/2011 por el que se modifica el Reglamento General de Circulación.
Además, y contrariamente a lo anunciado por el vicepresidente del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, las infracciones sobre el nuevo límite de velocidad sí que llevarán aparejada la pérdida de puntos del carné de conducir. El propio Real Decreto señala que «en los supuestos de reducción del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 110 km/h, resultará de aplicación la pérdida de puntos establecida en el anexo IV (de la ley de Tráfico) para el límite de velocidad de 120 km/h».
 
Esto quiere decir que hasta los 115 km/h (radar fijo) o 117 km/h (radar móvil) no habrá sanción, pero entre esa velocidad y los 140km/h la multa será ya de 100 euros. Si el exceso de velocidad está entre 141 y 160 km/h. la sanción es de 300 euros y retirada de 2 puntos. Entre 161 y 170 km/h, 500 euros y 6 puntos. De 181 a 190 km/h, 600 euros y 6 puntos; y a partir de 191 km/h, será delito (prisión de 3 a 6 meses, retirada del carné, trabajos en beneficio de la comunidad y multa de 360 a 144.000 euros).
La nueva tabla de sanciones confirma las opiniones vertidas por muchos conductores y expertos, que han advertido que el nuevo límite de velocidad generará más multas y, por lo tanto, más ingresos para Tráfico. Actualmente, las sanciones por exceso de velocidad suman más de 700.000 al año, cifra que podría alcanzar el millón con la nueva normativa, según Automovilistas Europeos Asociados. Su presidente, Mario Arnaldo, calcula que Tráfico recaudará unos 21 millones de euros extras con el nuevo límite de velocidad. A partir de ahora, las sanciones son más elevadas puesto que se ha hecho una traslación a escala de las actuales multas con el límite de 120 km/h al nuevo de 110 km/h. Un ejemplo: si circulamos a 141 kms/h, ahora nos sancionarían con solo 100 euros y, a partir del lunes, serían 300 euros y la retirada de 2 puntos del carné. Y así sucesivamente.
Hay que recordar que a partir de las 6 horas de mañana, cuando entra en vigor la limitación de 110 km/h, todos los conductores de automóviles y motocicletas tendrán que saber que es ese el nuevo límite de velocidad en autopistas y autovías y que aunque se encuentren todavía una señal a 120 km/h o, por ejemplo, una placa tapada, la velocidad máxima autorizada es 110 km/h.
Lo que manda es el Reglamento de Circulación, no una señal incorrecta.

"HE VISTO A TU HIJO EN INTERNET"

"He visto a tu hijo en Internet"

Publicado en el periódico "El Semanal de La Mancha" en su edición del 4 de Marzo de 2011. Alcázar de San Juan.
Qué pasaría si un día cualquiera, mientras compras, estás trabajando o sales a pasear diferentes personas, ya sean vecinos, compañeros del trabajo, Instituto, amigos, y profesores te dijeran: “He visto a tu hijo Internet”, ¿qué pensarías?. Pues bien, cosas tan habituales como colgar una fotografía cogida de otra persona y publicarla (p. Ejemplo, en la página www.elmasfeo.com), o dejar mensajes insultantes o amenazantes en el blog de otro, engañar o hacerse pasar por otra persona (p.ejemplo, en el chat) para riduculizarle delante de todos, o amenazar a alguien desde el Messenger, por email o SMS desde el móvil, así como impedirle a otro participar en cualquier juego online, entre otros, son algunas de las formas de acoso virtual más usuales y sencillas de las que tu hijo puede ser víctima en Internet.
Y es que el hecho de colocar fotografías, vídeos y comentarios en la red no es algo carente de importancia -aunque constituya una práctica habitual en los tiempos que corren- porque, al igual que existen peligros en la calle y nadie le enseña a cualquiera ni sus fotografías ni sus documentos de identificación personal, ni lleva un letrero en la frente con información personal, sus gustos, sus películas favoritas, información sobre sus amistades o lugar de trabajo/estudios, tampoco debemos consentir que estos datos se divulguen caprichosamente en Internet.
 Esta forma de acoso virtual (ciberbullying), por desgracia, va cobrando cada vez más fuerza en España y, por este motivo, la Unión Europea ya lo ha incluido junto con el grooming (ciberacoso sexual infantil) como una de las prioridades a combatir para el periodo 2009-2013, ya que se conoce que ha llevado a algunos jóvenes al suicidio.
Cada día nuestros hijos se conectan a Internet y se suben al carro de las nuevas tecnologías y de los teléfonos móviles de última generación a una edad más temprana y durante más tiempo. No obstante, ignoran los peligros que se esconden en detrás de ellos, siendo las características de esta forma de maltrato psicológico las siguientes:
  • Victimas y acosadores tienen edades similares
  • Las acciones de acoso (insultos, amenazas..) son continuadas. Si bien, una acción puntual como la de que una imagen determinada esté colgada en la red puede provocar un sufrimiento prolongado en el acosado al desconocer qué personas y cuántas la han podido ver, copiado o distribuido.
  • El ciberespacio es un “lugar” como la casa o la escuela que sirve para comunicarse con otras personas.
  • Antes los acosadores abusaban de otros en el patio del colegio o a la salida de clase; ahora, lo hacen desde Internet con la diferencia de que delante del ordenador no hace falta ser fuerte o fanfarrón, popular o poco sociable.
En este caso, para que el daño se produzca sólo basta un click, no hace falta que el agresor y la víctima se encuentren en el mismo lugar a la misma hora, y no existe lugar donde esconderse porque el espacio virtual es ya el entorno donde comparten su vida niños y adolescentes, y dondequiera que vayan les acompaña.
Por lo tanto, desde este despacho profesional les recomendamos como primera medida que el ordenador esté situado siempre en un lugar visible y accesible para los padres como el salón de estar o las dependencias comunes que existan en el hogar pero nunca en la habitación cerrada de los hijos porque de este modo podrán controlar, al menos, el contenido de las visitas que su hijo hace en Internet y si está siendo víctima de acoso en la Red.     

NOTA DE PRENSA COMIDA-COLOQUIO AJA

viernes, 4 de marzo de 2011

II PREMIO "ABOGADOS DE NOVELA"

La novela “La melancolía de los hombres pájaro” del escritor Juan Bolea, ha resultado ganadora de la II Edición del Premio Abogados de Novela que organiza la Mutualidad de la Abogacía, junto al Consejo General de la Abogacía y MR Ediciones del Grupo Planeta

El Jurado compuesto por los escritores Lorenzo Silva, -presidente del Jurado- Miguel Ruíz, Mamen Gurruchaga, ganadora de la I Edición y Silvia Grijalba, junto a José Calabrús Lara, Vocal de la Junta de Gobierno y Presidente de la Comisión de Buen Gobierno y Auditoría Interna de la Mutualidad de la Abogacía; Nazario de Oleaga, presidente de la Comisión de Proyección Social del Consejo General de la Abogacía Española y decano del Colegio de Abogados de Vizcaya y Carmen Fernández de Blas, directora editorial de Ediciones Martínez Roca Grupo Planeta; ha fallado, por unanimidad, que el ganador de esta segunda edición sea la novela "La melancolía de los hombres pájaro" del escritor gaditano Juan Bolea.  
El autor ha expresado su gran alegría y su sorpresa al conocer el fallo. "Hacía mucho tiempo que no me presentaba a un certamen literario y no lo hubiera hecho de no haberme animado de manera entusiasta los abogados que me asesoraron en la trama de la novela, que me hablaron del Premio y de la importancia de trasladar el mundo de la abogacía al universo literario".
El argumento de la novela "La melancolía de los hombres pájaro" plantea el conflicto personal entre los ideales y utopías de un destacado abogado español, Jesús Labot, y los intereses del mundo social en que se mueve. Esa lucha entre la conciencia y la conveniencia, entre la moral y el poder es lo que da profundidad a esta obra, según resaltó el jurado.
Juan Bolea, editado en una veintena de países y considerado uno de los actuales renovadores de la novela de intriga, es autor de una docena de novelas de diversos géneros, desde el relato de aventuras ("Mulata", "El color del Índico"), el Thriller político ("El manager", "El gobernador"), la intriga psicológica ("Orquídeas negras") o la serie policial protagonizada por Martina de Santo ("Los hermanos de la costa", "La mariposa de obsidiana", "Crímenes para una exposición" y "Un asesino irresistible").
Este galardón literario recayó en su primera edición en la novela LA PRUEBA, de Carmen Gurruchaga, que ha conseguido un gran éxito de crítica y público.
En esta segunda edición, el premio está dotado con 50.000 € para la novela ganadora y se han presentado 151 novelas, de las cuales 128 proceden de España, 18 de Latinoamérica y 5 sin especificar procedencia. 

jueves, 3 de marzo de 2011

EL PODER JUDICIAL EMITE INFORME SOBRE LA REFORMA CONCURSAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, ha aprobado el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal.
En líneas generales, se considera que el Anteproyecto, que recoge buena parte de las demandas que en esta materia se han realizado por los titulares de la jurisdicción mercantil, está bien orientado para alcanzar los tres grandes objetivos que la reforma se propone: la agilización y simplificación del procedimiento concursal, la profundización en las alternativas al concurso a través de los institutos preconcursales, y la rectificación de diversos aspectos de la actual regulación que se habían demostrado generadores de problemas prácticos y dudas interpretativas.
El Consejo considera positivo, en esta línea y en términos generales, el reforzamiento del papel de los administradores concursales, que contempla el Anteproyecto de ley, si bien advierte de algún riesgo derivado de la disminución de las facultades del Juez como podrían ser los actos de disposición sobre bienes y derechos de la masa activa, realizados por la administración concursal sin autorización del juez.
Asimismo, el Informe realiza un juicio favorable a la nueva regulación introducida en cuanto al procedimiento abreviado, pues detalla de forma más precisa los factores que permiten identificar aquellos concursos que, por implicar una menor complejidad económica, facultan al Juez para decidir su tramitación por este tipo de procedimiento.
La mediación, alternativa en los casos de insolvencia
El Informe de la Comisión de Estudios del Consejo, recomienda también explorar otras fórmulas alternativas de índole preconcursal que podrían venir de la mano de la mediación, que puede resultar especialmente útil en los casos de insolvencia de particulares. Esto último también podría redundar en un alivio de la carga de trabajo que soportan los órganos judiciales con competencia en materia concursal.
Primer reglamento de asociaciones judiciales
Por otro lado, el Pleno del CGPJ ha aprobado el Reglamento de Asociaciones Judiciales Profesionales, primero que se elabora en la historia judicial española, en desarrollo de la previsión constitucional y de legalidad orgánica, en las que se reconoce el derecho de libre asociación profesional de Jueces y Magistrados.
El Reglamento regula diversos aspectos competenciales de las asociaciones de jueces en materias como la facultad de informar propuestas reglamentarias del Consejo, participar en el Consejo Rector de la Escuela Judicial, ser parte en expedientes disciplinarios o intervenir en los procesos electorales a miembros de las Salas de Gobierno.

LA ABOGACÍA ESPAÑOLA APORTA NUEVAS IDEAS ANTE LA REFORMA DE EXTRANJERÍA

El CGAE aporta nuevas ideas durante la Reforma de la Ley de Extranjería
El Consejo General de la Abogacía Española solicita al Gobierno que garantice "la asistencia letrada independiente de los menores no acompañados desde el momento de su localización y a lo largo de todo el procedimiento de repatriación, incluyendo el proceso de determinación de la edad y protección por desamparo", en el Informe que la Subcomisión de Extranjería del CGAE ha elaborado sobre el borrador del Reglamento de Extranjería y que ha sido enviado al Ministerio de Trabajo, Inmigración y Emigración.
Los expertos de extranjería del CGAE se muestran "contrarios a penalizar a un menor hijo de residentes legales con dos años de residencia irregular" tal y como recoge el actual borrador del Reglamento de Extranjería, y apuntan que este periodo de carencia "debe ser eliminado o al menos disminuido", ya que "una anormal actuación de los padres, por respeto del interés superior del menor, no debe repercutir en los derechos del mismo", señalan.
No obstante, la Abogacía resalta el importante trabajo realizado por la Secretaría de Estado en la elaboración del Reglamento de Extranjería que aporta diversas mejoras, entre ellas una mayor regulación de la colaboración entre Administraciones, la inclusión de mecanismos que simplifican trámites burocráticos y tienden a dotar de una mayor estabilidad a las autorizaciones de residencia y trabajo. Además, también se apunta "una mejor definición de menor no acompañado y los aspectos relativos al procedimiento de determinación de la edad bajo la dirección del Ministerio Fiscal", si bien los expertos del CGAE también proponen que dicha determinación de la edad  "deberá hacerse de conformidad con su documentación y en caso de duda, pese a que pueda iniciarse otros procedimientos adicionales en averiguación de la edad, prevalecerá la presunción iuris tantum de minoridad".
El CGAE presenta este informe tras la reunión mantenida la semana pasada entre su presidente, Carlos Carnicer, y la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, en la que la secretaria se comprometió a examinar con todo detalle las cuestiones planteadas por la Abogacía Española y que han sido recogidas en el informe presentado al Ministerio.
Temas destacados
La Abogacía muestra en su Informe su especial preocupación por algunos aspectos del Reglamento relacionados con el derecho de defensa, la asistencia letrada y la Justicia Gratuita. En este sentido, el texto remitido por el CGAE al Ministerio de Trabajo, Inmigración y Emigración recoge la necesidad de garantizar la "asistencia letrada en todas las fases de los procedimientos administrativos que conlleven privación de libertad u audiencia personal (particularmente en los procedimientos de denegación de entrada, devoluciones y procedimientos sancionadores preferentes u ordinarios). Asimismo en lo supuestos de repatriación de menores y trata de personas".  El informe insiste también en que el procedimiento preferente de expulsión "deberá quedar limitado a los supuestos más graves, no en los casos de mera estancia irregular".
Además, el informe del  CGAE recoge anotaciones al texto del Reglamento de Extranjería en temas como las situaciones jurídicas derivadas de la irregularidad sobrevenida; el procedimiento de arraigo laboral y familiar como vías de acceso excepcional a la autorización de residencia y trabajo; la migración circular y retorno voluntario; renovación de las autorizaciones y residencias de larga duración. La regulación de las situaciones de colectivos vulnerables, como menores, mujeres víctimas de violencia de género o abusos sexuales, trata y refugiados se examina con detalle buscando la máxima protección de estos grupos de personas, mientras que las garantías jurídicas en los procedimientos sancionadores son analizadas especialmente tratando de dotarles de la máxima seguridad jurídica.

miércoles, 2 de marzo de 2011

HOY COMIENZA EL JUICIO "USSÍA"

La repercusión mediática, social e incluso política del llamado caso «Ussía», la muerte de un joven, presuntamente, a manos de tres porteros de discoteca en 2008, quedó ayer patente en la que debía ser la primera jornada de la vista oral. Hasta el punto de que a todos y cada uno de los 36 candidatos a formar parte del jurado popular que juzgará esta causa de homicidio se le preguntó de qué modo les influiría lo leído o escuchado en los medios de comunicación en los más de dos años que han transcurrido desde el suceso. Debido a la dilación en el proceso de selección de las once personas (nueve titulares y dos suplentes) que conforman ya el tribunal popular, se ha dejado para hoy la declaración de los tres acusados.
Así, el «plato fuerte» se servirá hoy: las declaraciones más esperadas, por las contradicciones que los imputados ya manifestaron en anteriores testimonios, cuando negaron la paliza mortal al joven, de 18 años, en la que participaron, según el Ministerio Fiscal. El primero en sentarse en el banquillo será Antonio Sánchez Serrano, alias «Pitoño», acusado de homicidio con el agravante de abuso de superioridad y para el que se pide una pena de 15 años de cárcel. Fue él el que «intencionadamente y siendo consciente de que con ello le podría causar la muerte, se arrojó fuertemente sobre Álvaro, se tiró de rodillas sobre su pecho y se mantuvo así mientras le seguía golpeando, provocándole una rotura traumática del corazón por aplastamiento», indica el escrito de acusación del fiscal.
«Álvaro —explicó ayer Pedro Colina, abogado de la acusación particular— tenía el corazón roto antes de ser reanimado por sanitarios del Samur». De hecho, cuando llegaron los sanitarios ya estaba en parada y le estuvieron reanimando por espacio de una hora. Eran las 05.29. Lograron recuperarlo, pero la víctima pereció en el Hospital Clínico a siete de la mañana.
Este extremo, que ha intentado contrarrestar la defensa de «Pitoño» durante la fase de instrucción, aludiendo a que fueron las maniobras del Samur las que lo provocaron o, al menos, influyeron en el fatal desenlace, contrasta con el informe de la autopsia, adelantado por ABC. En él, se asegura que a Ussía le rompieron la víscera de un golpe cuando estaba en el suelo, boca arriba y sin capacidad de reacción o defensa. Además, en los costado presentaba marcas de puntapiés o puñetazos. La defensa ha pedido en varias ocasiones repetidos análisis de drogas de abuso en el cuerpo del fallecido, que siempre han resultado negativos, en una posible estrategia que buscara en el óbito una explicación tóxica. En cuanto a David Sancio y David Alonso, para los que el fiscal y la acusación solicitan 13 años de cárcel por cooperadores necesarios, están acusados de participar en el paliza e impedir que se le socorriese, extremos que ambos niegan.

Descartando «prejuicios»

Sin embargo, ayer no tuvieron que entrar en la sala de vistas. Con tres cuartos de hora de retraso, a las 10.45, la Sección 23 de la Audiencia Provincial, presidida por la magistrada María Riera, inició el proceso de selección del jurado. Ya se partía de que iba a ser largo, aunque al final tanto se demoró el cuestionario individual a los candidatos, que ni siquiera hubo tiempo para que las distintas partes formularan sus cuestiones previas. Hubo muchas preguntas no se quería dejar nada al arbitrio. Fueron cuatro horas de interrogatorio en la que no faltó la misma pregunta: ¿Si lo que oyera dentro de esta sala no se correspondiera con lo contado por la Prensa, qué versión creería?, formularon a los 36 nominados. La respuesta fue clara: no se sentirían condicionados en su veredicto por lo publicado en los medios de comunicación.
Aun así, el proceso fue duro. Ambas partes (acusaciones y defensas) agotaron sus opciones de recusación. La legislación establece cuatro para cada una; es decir, un total de ocho. Por un lado, está el bloque conformado por la acusación particular (la familia de la víctima), la popular (la Asociación Sandra Palo para la Defensa de las Libertades) y la Fiscalía. Por el otro, los abogados de los tres acusados. Se indagó tanto en el perfil profesional de los candidatos como en su percepción sobre algunos aspectos, como la justicia española y los estilos de vida.
Además, estaban los descartes por cuestiones objetivas, aquellas personas que tuviesen algún tipo de relación más o menos directa con el caso o sus actores, gente ligada al mundo de la abogacía o la judicatura, etcétera. Finalmente, se llegó a una terna de la que salió el tribunal definitivo, en el que hay proporción de sexos, profesionales liberales, empresarios, trabajadores por cuenta ajena, y un espectro variado de edades. 


martes, 1 de marzo de 2011

LIMITACIÓN DE LA VELOCIDAD A 110KM/H

 Ya están preparadas las señales que limitarán la velocidad a 110Km/h a partir del próximo 7 de marzo


El jefe del Ejecutivo español, José Luis Rodríguez Zapatero, ha reiterado este lunes que la decisión del Gobierno de establecer en los 110 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad permitido es una medida "temporal" para ahorrar energía que espera que dure "lo menos posible".

En rueda de prensa conjunta con el primer ministro qatarí, Hamad bin Jassim bin Jaber bin Muhammad al Thani, ha explicado esta medida por la alta dependencia de España al petróleo y ha indicado que "no se trata de algo tan grave" llegar 10 o 15 minutos más tarde por reducir la velocidad en 10 kilómetros por hora. Tras recordar que la medida repercutirá directamente en el ahorro del consumidor, ha señalado que el límite de velocidad en los 110 kilómetros por hora está vigente en países "de los más avanzados" en Europa como Noruega o Gran Bretaña porque, además de suponer un ahorro, contribuye a "salvar vidas y contamina menos".

Zapatero se ha dicho sorprendido por algunas críticas a la medida, pero ha querido destacar que "ojalá" la medida se prolongue "el menor tiempo posible" porque eso "significaría que las tensiones en el precio del petróleo se han reducido".
La DGT debe reajustar los radares para los nuevos límites

En una conversación informal anoche con los periodistas que le acompañan en su viaje, Zapatero señaló no estar preocupado por el eventual coste político de la medida y confió en que con el paso del tiempo los usuarios se convenzan de que se trata de una buena medida porque reduce los accidentes, permite ahorrar y es más respetuosa con el medio ambiente. También se refirió a la introducción del carné por puntos como una de las medidas que ha permitido llevar a cabo uno de los cambios sociológicos más importantes en nuestro país, donde todo el mundo ahora se pone el cinturón de seguridad.