Valdeolivas&García ABOGADOS

jueves, 28 de abril de 2011

1.600 KILOS DE HACHÍS

Incautados 1.600 kilos de hachís ocultos en el sofisticado doble fondo de un camión
 
La Policía Nacional se ha incautado, en una operación conjunta con la Agencia Tributaria, más de 1.600 kilos de hachís ocultos en un sofisticado doble fondo de un remolque tipo góndola y se han detenido a los 10 narcotraficantes implicados.



miércoles, 27 de abril de 2011

LOS DATOS NO SON REALES

Abogados y procuradores de Ciudad Real consideran que los datos de la oficina judicial no son reales 
Los colegios profesionales de Abogados y Procuradores de Ciudad Real han realizado una valoración sobre la implantación de la nueva oficina judicial contraria a la que ha realizado el Ministerio de Justicia, cuyas estadísticas -según han afirmado- "no son reales". "A la vista de la realidad diaria que tenemos y soportamos", los funcionarios "no están satisfechos ni motivados y las instalaciones y la aplicación informática son claramente insuficientes y no cumplen el objetivo para el que han sido ideadas", han argumentado.

   En una nota de prensa, ambos colectivos profesionales han indicado que las estadísticas plasmadas en el informe sobre la evolución de la actividad judicial emitido por el Ministerio no tiene en cuenta "las múltiples repeticiones de notificaciones" provocadas por problemas informáticos y que "al no tener certeza de la recepción, se repiten hasta dos y tres veces" aunque, sin embargo, "si se contabilizan en las estadísticas como notificaciones realizadas".

   Asimismo, han criticado que tampoco se tiene en consideración las notificaciones que se devuelven por venir defectuosas o por dirigirse a distinto destinatario, que igualmente se contabilizan. Además, "la estadística de los señalamientos no tiene en cuenta las múltiples suspensiones que se están realizando por falta de citaciones y que obliga a un nuevo señalamiento, lo que provoca que la estadística que gestiona el Ministerio aumente, pero no sea real".

   Respecto a las denominadas notificaciones burocráticas, el trámite antes de la implantación de la oficina judicial se realizaba en una sola resolución, pero "ahora se multiplica al tener que notificar el mismo trámite desde las distintas oficinas judiciales, la que la remite y la que la recepciona", lo que hace que las notificaciones "son más estadísticamente hablando, pero son notificaciones inútiles  que no agilizan para nada la evolución del trámite y por el contrario paralizan mas el procedimiento generando confusión".

   Finalmente, abogados y procuradores han lamentado que el ciudadano, "después de un largo y tedioso peregrinaje", no consigue culminar su gestión; que se están teniendo que reproducir expedientes íntegros porque en muchas ocasiones  no se encuentran y que las oficinas judiciales han perdido "la poca intimidad" que tenían de cara a la atención al ciudadano "y se está trabajando en las peores condiciones que se ha trabajado nunca". 

martes, 26 de abril de 2011

HIPOTECA POR PARTES IGUALES

Abogados de Familia advierten de que la sentencia del TS sobre la hipoteca en divorcios creará "mucha indefensión" 
 
La vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Susana Moya, ha señalado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara que la hipoteca debe pagarse a partes iguales en caso de divorcio, "creará muchísima indefensión, sobre todo en las economías más bajas".
Así, Moya espera que "los jueces vean este problema y lo tengan en cuenta a la hora de fijar las pensiones compensatorias para las amas de casa", ya que, según ha advertido, "de otro modo la hipoteca no se va a poder pagar". En este sentido, considera que "es un tema complicado porque el pago de una hipoteca no entra dentro de la pensión compensatoria".
En declaraciones a Europa Press, ha indicado que "el problema es que la sentencia dice que la hipoteca que grava una vivienda no es una carga de la sociedad de gananciales sino que es una deuda". Así, ha recordado que la sentencia ya tiene un antecedente de la misma sala primera del Tribunal Supremo del 5 de noviembre de 2008.
 
Sin embargo, ha apuntado que esta segunda sentencia ya fija doctrina, es decir, "cuando hay dos sentencias concordantes esto sienta jurisprudencia y, por lo tanto, los jueces tienen que acatar esta resolución". Por ello, ha subrayado que "los jueces, en procedimientos contenciosos, no van a poder tomar ninguna medida que se aparte de esta doctrina del Tribunal Supremo".
En todo caso, ha recordado que en procesos de mutuo acuerdo "los cónyuges pueden convenir el pago de la hipoteca como quieran" y ha puntualizado que "luego el banco se va a dirigir solidariamente contra los ex cónyuges en caso de que no se pague la hipoteca".
 
Sin embargo, en el caso de los contenciosos, ha destacado que los jueces no van a poder pronunciarse de forma distinta a la que fija la sentencia del TS. "Si los esposos tienen economías similares y ninguno tiene problema para pagar este préstamo hipotecario no habrá problema", ha añadido. A pesar de ello, ha subrayado que "el problema está en el caso típico de un ama de casa que carezca de ingresos y tenga que pagar el 50 por ciento de ese préstamo hipotecario o que uno de ellos deje de pagar".
 
En este sentido, ha indicado que "hasta ahora si una de las partes dejaba de pagar la hipoteca se podía instar a la liquidación de la misma en el juzgado de familia". Por el contrario, Moya ha afirmado que "ahora no se podrá hacer de esta forma por considerarse esta hipoteca como una deuda de la sociedad de gananciales y no como carga del matrimonio".
Finalmente, ha recordado que antes de esta sentencia "el juez podía defender que una de las partes pagase la hipoteca integramente" y, de este modo, cuando se venda la casa se le devuelva lo que ha anticipado. Además, ha asegurado que "también se podía establecer que una parte pagase un 20 por ciento y otra el 80, dependiendo de su economía".Informó Europa Press. 


lunes, 25 de abril de 2011

REESTRUCTURAR LA CONSTRUCCIÓN

 Fomento ve necesaria una reestructuración en la construcción 

La secretaria general de Infraestructuras del Ministerio de Fomento, Inmaculada Rodríguez-Piñero, considera que "parece necesaria y conveniente" una reestructuración en el sector empresarial de la construcción en España.
 Para la alto cargo de Fomento, a través de este proceso, esta industria podría "absorber el exceso de oferta y facilitar la internacionalización en un ámbito como el de las infraestructuras" donde, según destaca, las firmas españolas "tienen una clara ventaja competitiva".
"El número de empresas y su tamaño es algo que responde a la adaptación de la oferta a la demanda", señala no obstante Rodríguez-Piñero.
En una entrevista con El Monitor, la revista de la patronal de grandes constructoras Seopan a secretaria general subraya la "inestimable contribución" del sector constructor español al "excepcional desarrollo de las infraestructuras en España".

Exceso de oferta

"Pero el mercado nacional ha sufrido un ajuste y no cabe esperar que la licitación vuelva a tener los máximos niveles alcanzados recientemente, dado que nuestro país cuenta con un nivel de infraestructuras de transporte muy desarrollado y más competitivo que el de los países de nuestro entorno", advierte.

"Por tanto, parece necesaria y conveniente una reestructuración del sector que absorba el exceso de oferta y facilite la internacionalización en un ámbito donde tenemos una clara ventaja competitiva", apunta Rodríguez-Piñero.

De igual forma, la alto cargo de Fomento indica que "las condiciones y perspectivas del mercado parecen aconsejar" procesos de fusiones y concentraciones entre las empresas del sector, aunque admite que "las constructoras españolas desarrollarán las estrategias que estimen más convenientes para consolidar y reforzar sus líneas de negocio".

La secretaria general señala asimismo a la diversificación de actividades como una buena estrategia, sobre todo "si va acompañada de una apuesta por el desarrollo de nuevas tecnologías y la calcificación de su capital humano".

En este punto, recordó al sector el "mayor papel" que irá adquiriendo el mantenimiento y la explotación de infraestructuras en España. "La conservación es, sin duda, una inversión rentable y estable, que seguirá siendo rentable en los próximos días", garantizó

martes, 19 de abril de 2011

SANIDAD PUBLICA PARA LOS ABOGADOS

Extremadura amplía la obtención de tarjeta sanitaria a los abogados y otros profesionales colegiados 


 
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Dependencia, ha ampliado la obtención de tarjeta sanitaria pública a los abogados y otros profesionales colegiados, según se publica en el DOE de este lunes. Luis Márquez Pérez, decano del Colegio de Abogados de Badajoz, agradeció  a la Junta y su presidente "el interés que han tomado".
En este documento, se señala que, "con independencia del reconocimiento expreso en el ordenamiento jurídico autonómico del derecho a la obtención de la tarjeta sanitaria de todos los residentes en el ámbito de nuestra comunidad autónoma, se considera conveniente introducir un nuevo apartado donde se contemple expresamente al colectivo constituido por los profesionales colegiados integrados en Mutualidades constituidas con anterioridad al 10 de noviembre de 1995 al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de Entidades de Previsión Social, a las que se refiere la disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, a los efectos de precisar la documentación que han de presentar para solicitar la Tarjeta Sanitaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura".
Así, 1.400 abogados colegiados en Extremadura, 260 procuradores, además de otros profesionales de colegiación y mutualidad obligatorias, pueden obtener a partir de ahora la tarjeta sanitaria.
Luis Márquez Pérez, decano del Colegio de Abogados de Badajoz, y Juan Carlos Almeida, del de Procuradores, manifestaron, en una rueda de prensa en la sede de los letrados, su reconocimiento a "la Junta y su presidente por el interés que han tomado" en resolver este asunto, surgido tras el reconocimiento hecho en Cataluña, en septiembre del año 2010
Puede consultar el documento oficial completo en el siguiente enlace:

lunes, 18 de abril de 2011

"PREMIO ABOGADOS DE NOVELA 2011"

"Los abogados practican una misma religión: el ejercicio de la defensa" 
En la isla del fin del mundo, la isla de Pascua, cada primavera, los elegidos de las diferentes tribus rapa nui se enfrentaban en una carrera suicida en la que debían descender un acantilado de negra y áspera roca y nadar en aguas infestadas de tiburones, hasta alcanzar y escalar las paredes del islote de Motu Noi, en busca del primer huevo de manutara, el ave mística que llegaba de lo desconocido. Tras encontrarlo, realizaban la travesía de vuelta a la isla de Pascua con el huevo anudado a la frente.
El primer superviviente en alcanzar la costa entregaría el huevo sagrado en honor a Make Make, el dios de la fertilidad y la creación, y sería nombrado Tangata Manu, el hombre pájaro. Con su alegórico vuelo a la libertad, la tribu rapa nui del hombre pájaro gobernaría por un año ese solitario pedazo de tierra perdido en la inmensidad del océano Pacífico.
Muchos años después, el escritor Juan Bolea encontró a los hombres pájaro representados en una iglesia de Hanga Roa, la capital de isla de Pascua. "Estaban tristes, melancólicos, encerrados en imágenes en otro cielo azul que no era el suyo", volando cautivos en un amalgama sincrética tras la evangelización de la isla. Así comenzó la gestación de "La melancolía de los hombres pájaro", el Premio Abogados de Novela 2011, que concede el Consejo General de la Abogacía Española, junto a la Mutualidad de la Abogacía y la Editorial Martínez Roca (Grupo Planeta).

EL "RETORNO" DE INMIGRANTES

El Gobierno aprueba el nuevo Reglamento de Extranjería que "incentiva el retorno" de inmigrantes 
 

El vicepresidente Primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha destacado tras el Consejo de Ministros que ha aprobado el Reglamento de Extranjería, que la norma "alienta" e "incentiva el retorno" al país de origen de los inmigrantes que han perdido el empleo, al introducir medidas como respetar la antigüedad de residencia en España para que si regresan, tengan más fácil el acceso a un permiso de residencia de larga duración o a la nacionalidad.
"Es verdad que hay mucha gente que se resiste a volver porque lleva muchos años trabajando en España, piensa que es como si lo perdiera todo y no es justo. No es justo que esa gente que ha trabajado en España y que por tanto, ha ayudado al crecimiento económico español se vaya y nadie le reconozca que ha estado aquí trabajando y se le equipare a aquellos que vienen por primera vez", ha explicado.
 
Por eso, en su opinión, ésta es "una manera de hacer justicia que, al mismo tiempo, incentiva el retorno" ya que se va a reconocer "ese trabajo que ha hecho" el inmigrante, de forma que "se le contabilice esa presencia a todos los efectos" si "un día quiere volver y ciertamente la economía española, como parece, empieza a remontar y se necesita mano de obra".
 
Otro de los asuntos que ha destacado Rubalcaba es el desarrollo reglamentario de la protección de víctimas de violencia de género que se encuentren en situación irregular, con el objetivo de que estas mujeres "no tengan miedo de ir a la comisaría pensando que eso les va a suponer la expulsión" del territorio nacional.
 
"Si hay una persona que está sufriendo un ataque de violencia de género y está en situación irregular, que sepa que el que vaya a una comisaría a denunciarlo no significa que se le expulse", ha explicado, para destacar que esto "no es así ya en la práctica, pero a partir de ahora no lo va a ser tampoco porque una norma lo va a impedir".
 
Según ha concretado, ante un caso así "se para el procedimiento de expulsión y se le da (a la mujer) el tratamiento que corresponda a lo que le pasa, que no es que esté irregular, es que está teniendo malos tratos en su ámbito familiar".
Para Rubalcaba este es un "Reglamento importante" que "tiene un amplio consenso" y se inscribe en la política de inmigración del Gobierno, por tanto, está centrado en "ordenar" la inmigración con una "relación directa con el empleo", luchar contra los flujos irregulares y "procurar la integración" de los extranjeros, lo que, según ha dicho, "siempre" tiene la doble dirección de "derechos y deberes"-
 
Esta norma ve la luz mientras en el Congreso de los Diputados los grupos debaten una reforma parcial de la ley en este sentido, ya que los grupos aspiran a modificar el articulado para evitar que se incoe un expediente sancionador a las víctimas de violencia de género en situación irregular que presenten denuncia y conseguir que se les conceda autorización de residencia también cuando el caso de violencia de género sea sobreseído por el juez al no localizar al maltratador denunciado.Informó Europa Press.

viernes, 15 de abril de 2011

ETARRA EN LIBERTAD

La doctrina del TC utilizada para excarcelar a Troitiño ha sido criticada por el Tribunal Supremo y la Fiscalía

La doctrina del doble cómputo de la prisión preventiva, establecida por el Tribunal Constitucional en 2008 y cuya aplicación ha permitido que la Audiencia Nacional acordara este miércoles la excarcelación del histórico etarra Antón Troitiño, ha venido mereciendo fuertes críticas tanto por parte del Tribunal Supremo como por la Fiscalía General del Estado, que en su día solicitó al Gobierno una modificación del Código Penal por entender que favorece a los presos que acumulan más delitos y condenas más largas.
El histórico etarra Antón Troitiño, miembro del 'comando Madrid' más sanguinario de ETA, ha quedado en libertad y ha abandonado la cárcel de Huelva después de 24 años entre rejas, a pesar de acumular condenas que superan los 2.000 años de cárcel.
 
En su día, el Tribunal Constitucional declaró que la decisión de no abonar en su totalidad el tiempo de prisión sufrido preventivamente por reos que ya cumplían condena suponía un «alargamiento ilegítimo de su situación de privación de libertad», lo que vulneraba el artículo 17.1 de la Constitución.
 
Una de las críticas más severas a esta doctrina se produjo en un auto dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en diciembre de 2010, cuando el alto tribunal tuvo que restar el tiempo de prisión preventiva de cada condena que le había sido impuesta a un 'narco', Enrique Escribano Monteagudo, lo que le supuso una importante reducción de pena.
 
Monteagudo había solicitado al Supremo que le restara de la condena que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Alicante los casi dos años que estuvo en prisión preventiva mientras se tramitaba contra él un nuevo procedimiento por tráfico de drogas, puesto que en dicho periodo se encontraba ya en prisión, cumpliendo pena por otro delito.
 
La resolución del Supremo sobre el «caso Monteagudo», de la que fue ponente el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, llamaba la atención sobre algunos aspectos que «pueden provocar 'de facto' situaciones e impunidad o, incluso de 'vaciamiento' « de las condenas, y recuerda que en el mismo sentido ya se ha venido pronunciando la Fiscalía General del Estado en sus últimas Memorias anuales.
 
La posición del Constitucional, a juicio del Supremo, hace depender la duración de la prisión preventiva de circunstancias «inciertas» como el tiempo en que las causas vayan llegando a sentencia firme, la coordinación entre Juzgados en el caso de la tramitación de varias causas contra el mismo reo etc.
 
«Todo ello, llevado a sus últimos extremos, puede llegar a producir supuestos en los que no haya de cumplirse pena alguna si el tiempo pasado en prisión preventiva por una de ellas, computado doblemente, hace inoperante las condenas finalmente impuestas por las diversas causas que el reo tuviere pendientes y que hubieren sido objeto de enjuiciamiento y fallo condenatorio».
 
La doctrina del Constitución favorece, según el Supremo, «precisamente a aquellos reos que más delitos y más largas penas acumulen frente a quienes, en el extremo opuesto, delincan una sola vez y, por no haberse dictado respecto de ellos medida cautelar restrictiva de la libertad, no obtengan reducción alguna, por este título, de sus condenas», suponiendo además «un beneficio penitenciario no previsto precisamente por el legislador».
 
RIESGOS DE FRAUDE PROCESAL.
 
Igualmente, el Supremo advertía sobre el riesgo de que surjan en la práctica pautas que inciten al fraude de ley, como que los abogados se muestren favorables a la medida cautelar de prisión «para obtener de este modo un adelanto doble del cómputo de pena», o bien, que no insten con posterioridad a la excarcelación de su defendido con idéntica finalidad.
A juicio del Supremo, la sentencia del Constitucional es interpretativa , por lo que debe ser el legislador quien debe dar una nueva redacción al artículo afectado, el 58.1 del Código Penal ,» para salvar el supuesto de coincidencia de privación de libertad provisional con cualquier privación de libertad impuesta al penado en otra causa» . En este punto proponen un nuevo texto para el citado artículo.
 
La doctrina del doble cómputo fue aplicada en junio de 2010 para acortar en 561 días una condena que la Audiencia Provincial de Madrid impuso en 1998 al ciudadano libanés Mahmoud Slimane Aoun, condenado a dos años de cárcel por un delito de falsificación y absuelto de colaboración con la célula islamista que cometió los atentados del 11-M.-Informó Europa Press

jueves, 14 de abril de 2011

ECONOMIA CONGELADA

El presidente del REFOR explicó que las empresas y autónomos españoles en situación de insolvencia podrían estar por encima de los 40.000 (el 50% empresas y el otro 50% autónomos) en el primer trimestre del año 

El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentí Pich, ha afirmado que la economía española se encuentra "congelada" y que si no crece en los próximos meses habrá que plantearse una nueva subida de impuestos para hacer frente al déficit público.

"La economía española está en el congelador", declaró Pich durante la presentación del informe sobre actividad concursal y análisis de la situación económico-financiera de España, correspondiente al primer trimestre de 2011.
 
El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas explicó que la "inmensidad de los déficit públicos sólo se puede parar con crecimientos más elevados y, como eso no ha pasado en España, pues habrá que subir impuestos, entre otras medidas".
 
Por su parte, el presidente del Registro de Economistas Forenses, (REFOR), Leopoldo Pons, apuntó que la crisis económica actual "es una crisis del sistema y no de España en el sistema", por lo que, consideró, los políticos "no son los responsables de todo". "Los ajustes no son económicos como tales, sino estructurales", afirmó.
 
CERCA DE 40.000 EMPRESAS Y AUTÓNOMOS EN QUIEBRA
 
El presidente del REFOR explicó que las empresas y autónomos españoles en situación de insolvencia podrían estar por encima de los 40.000 (el 50% empresas y el otro 50% autónomos) en el primer trimestre del año, aunque los juzgados declararon un total de 1.669 concursos de acreedores.
 
"La Ley Concursal no ha conseguido su objetivo por la estigmatización del entorno a las empresas en concurso", afirmó Pons, quien recomendó "instar a las sociedades en situación de insolvencia a que sean reguladas judicialmente".
 
Según los datos aportados por el REFOR, el número de concursos declarados en el primer trimestre de 2011 ascendió a 1.669, lo que supone sumar 15 declaraciones de insolvencia más que las registradas en el mismo periodo del año anterior.
 
Las previsiones del REFOR para 2011 apuntan a que el año finalizará con unas cifras concursales muy similares a las registradas en 2010, que concluyó con cerca de 5.000 insolvencias declaradas.
Pons pidió que se saque la figura de los concursos de personas físicas de la futura Ley Concursal, ya que "ha quedado demostrado que los particulares no están capacitados para soportar las situaciones concursales" y "se producen situaciones de indefensión".
 
Asimismo, el presidente del REFOR solicitó que la futura regulación concursal incluya un título específico para tratar las refinanciaciones de deuda con el objetivo de conseguir que sean una verdadera solución para evitar las situaciones concursales.Informó Europa Press. 

miércoles, 13 de abril de 2011

NUEVA LEY DE WEBS

Según informa el Ministerio, la norma tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos Secciones de la Comisión de Propiedad Intelectual 

El Ministerio de Cultura ya tiene listo el texto del borrador de Real Decreto que regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, así como el procedimiento para el ejercicio de sus funciones. El texto inicia este martes un tráite preceptivo de consultas entre las diferentes partes del sector.
La Ley de Economía Sostenible modificó la Comisión de Propiedad Intelectual, creada por la Ley de Propiedad Intelectual, y estableció que actuará por medio de dos Secciones. Según informa el Ministerio de Cultura, este Real Decreto tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos Secciones.
"Con carácter general, potencia la solución dialogada, extrajudicial y voluntaria de conflictos y protege los derechos tanto de los creadores como los del resto de los ciudadanos a que exista una oferta legal, diversa y asequible de productos culturales".
En esta misma línea, Cultura asegura que la Sección Primera tiene encomendadas funciones de mediación y arbitraje, incluyendo materias relacionadas con entidades de gestión colectiva. En la solicitud de mediación, "las partes se someterán expresa y voluntariamente a la Sección para que ésta medie en la solución del conflicto".
En el arbitraje, las partes podrán someterse voluntariamente a la decisión de la Comisión sobre conflictos concretos. "El procedimiento terminará mediante un solo laudo, que deberá dictarse en el plazo máximo de tres meses prorrogables por un máximo de dos meses". Tendrá carácter vinculante y será ejecutable e impugnable.
 
NUNCA CONTRA LOS USUARIOS
 
Asimismo, desde el ministerio de Cultura indican que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o pueda causar un daño patrimonial al titular de esos derechos.
"El procedimiento se instará mediante solicitud, por tanto, la Sección Segunda nunca actuará de oficio. Lo hará en el ámbito de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, nunca contra usuarios de Internet".
 
RETIRADA DE CONTENIDOS
 
La Comisión de Propiedad Intelectual decidirá, en cada caso, si procede la retirada de contenidos o el cierre de la página. Y la ejecución forzosa de esas medidas deberá contar, siempre, con autorización judicial. En todo caso, asegura, que el procedimiento permite en todo momento "la retirada voluntaria" de los enlaces a los contenidos que no cuenten con autorización del titular.Informó Europa Press .

TS: NO SE SUSPENDEN LOS 110

Así lo ha establecido la sala de lo contencioso-administrativo del Alto Tribunal en un auto, en el que recuerda que "la suspensión de disposiciones generales sólo debe acordarse con carácter restrictivo". 
 
El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a rechazar la petición de la asociación DVuelta y la plataforma ciudadana Movimiento 140 de suspender, esta vez como medida cautelar, la bajada del límite de velocidad a 110 kilómetros por hora mientras se resuelve el recurso presentado contra esta medida.
Así lo ha acordado la sala de lo contencioso-administrativo del TS en un auto, en el que recuerda que "la suspensión de disposiciones generales sólo debe acordarse con carácter restrictivo".
Tras esta decisión, en un comunicado, DVuelta ha recomendado a los conductores que recurran las sanciones por exceder el límite de 110 km por hora y que en ningún caso asuman imputaciones penales por exceder en más de 80 km por hora y menos de 90 km por hora el límite.
El Supremo rechazó la suspensión de esta medida como medida cautelarísima el pasado 11 de marzo al concluir que no había razones de especial urgencia que llevaran a decidir sin oír a la Administración del Estado, a la que dio un plazo de cinco días para efectuar alegaciones.
DVuelta y el Movimiento 140 argumentan en su recurso contra el Real Decreto por el que se rebaja hasta el próximo 30 de junio en diez kilómetros el límite genérico de velocidad que "el ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contiene".
Según argumentan, este Real Decreto -aprobado el pasado 4 de marzo por el Consejo de Ministros- es contrario a la Ley de Tráfico.
Los recurrentes pidieron la suspensión de la vigencia de la aplicación del Real Decreto con carácter de urgencia porque, según alegan, una eventual sentencia estimatoria dejaría, sin duda, vacía de contenido su parte dispositiva y ello en la medida en que la propia norma establece un límite de vigencia de cuatro meses.
Al respecto el Alto Tribunal concluye que "es verdad que la sentencia que se dicte inevitablemente será posterior al fin de la vigencia de la norma impugnada".
"Sin embargo -añade- ello no supone como asegura taxativamente la actora que en caso de una eventual sentencia estimatoria su parte dispositiva vaya a perder toda eficacia, pues sin duda la hipotética declaración de nulidad de la norma impugnada afectaría, en su caso, a los expedientes administrativos sancionadores o a los procedimientos penales que se hubieran podido incoar en aplicación de la misma".
También explica que los recurrentes hacen referencia "a los perjuicios irrogados a quienes pudieran ser indebidamente imputados por delitos contra la seguridad del tráfico por la aplicación de una disposición supuestamente ilegal", pero -asegura- "tales perjuicios no son extensibles a la propia entidad recurrente, que no por ello vería perjudicados sus intereses propios, asociados a la defensa en juicio de sus representados".
Según DVuelta, si finalmente se declara la ilegalidad de la norma impugnada deberán ser los afectados por la aplicación de la misma los que hagan valer sus derechos de forma individual. Informó EFE 

martes, 12 de abril de 2011

"BALADA TRISTE DE INSPECCIÓN"

 "Balada Triste de Inspección"
El pasado día 8 de abril de 2011 fue publicado en el periódico "El Semanal de La Mancha" de Alcázar de San Juan, el artículo de opinión del abogado, D. Eduardo J. García Villajos, del despacho profesional V&G ABOGADOS en Alcázar de San Juan. Para aquéllos que no hayan tenido la oportunidad de acceder al Semanario, adjuntamos copia de la página y transcripción del artículo publicado:
   BALADA TRISTE DE INSPECCIÓN

  Por Eduardo J. García Villajos. Abogado del despacho V&G Abogados en Alcázar de San Juan.
Tras las reuniones del pasado fin de semana en Bruselas, el Presidente del Gobierno regresó a España con tarea pendiente, con el fin de recuperar a nuestro país de la crisis.
Ahora se escuchan voces muy autorizadas que dicen que una de las medidas a tomar por el Ejecutivo será la de intensificar las inspecciones de Hacienda, para controlar la posible evasión de impuestos o fraudes fiscales y, sobretodo, para sacar a la luz la llamada “economía sumergida”.
Debe de tener en cuenta, si a la puerta de su negocio llama un Inspector de Hacienda (que esté debidamente acreditado), que tu domicilio es “inviolable”, y sólo podrá acceder si Usted lo permite. Lo normal será que el Inspector acuda con una autorización escrita del Delegado de Hacienda de la zona (Ciudad Real, en nuestra zona).
Si Usted continúa reticente y cree que es mejor que el Inspector no entre a sus oficinas, Hacienda podrá entender que está obstruyendo la labor inspectora y ello le acarreará mayor dificultad para librarse de una buena sanción. Colabore.
No obstante, la Delegación de Hacienda podrá solicitar una orden judicial con el fin de acceder a las oficinas para realizar la labor inspectora y Usted ya no podrá negarse.
El Inspector no podrá tocar ni un solo papel hasta que Usted o el legal representante de la empresa esté presente. Salvo que la entrada se produzca mediante una orden judicial, que el Inspector no necesitará ningún otro requisito.
Usted podrá solicitar que su asesor o gestor fiscal se encuentre allí durante la inspección, entonces, se retrasará el inicio de las actuaciones hasta que su asesor esté presente en las oficinas de su empresa.
Las actuaciones inspectoras no pueden durar más de doce meses, contados desde la fecha de comunicación de inicio de las actuaciones hasta que se notifique la liquidación correspondiente. Pero el plazo puede extenderse otros doce meses más en determinados casos, como son las dilaciones del propio contribuyente, o en caso de excesiva complejidad o en la ocultación de actividades.
Una vez que se extienden las actas de inspección, con la propuesta de liquidación que en su caso resulten, el Inspector Jefe tiene la facultad de solicitar que se complete el expediente, y comenzarán las actuaciones complementarias, que finalizarán con otra propuesta de liquidación, otorgándose nuevo plazo al contribuyente para presentar las alegaciones que considere oportunas en su descargo.
 Una recomendación de este despacho profesional ante una posible actuación inspectora por parte de Hacienda, es que Usted deberá mostrar la mayor disponibilidad posible, dando a entender al Inspector que nada tiene que ocultar. Si durante la Inspección le surge alguna cuestión, no deberá dudar en preguntarlo, para que la labor inspectora se realice en el mejor ambiente posible. 

GARZÓN SE SIENTA EN EL BANQUILLO

Sostiene que mediante medios "indebidos" el juez tenía "un dominio completo" de una causa
de "gran trascendencia mediática" 
 
 
Tribunal Supremo ha dictado la apertura de juicio oral contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por autorizar la práctica de escuchas en prisión a los imputados por la trama Gürtel.
El magistrado instructor, Alberto Jorge Barreiro, considera que Garzón tenía la finalidad de "obtener información de relevancia para el proceso, que no tenía seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos", y por ello "decidió acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales" que mantenían los internos con sus abogados en los locutorios de prisión.
 
Jorge Barreiro agrega que la pretensión del juez era "obtener datos reservados para favorecer el éxito de la investigación", dada la confianza de los acusados de la Gürtel "en la confidencialidad de las comunicaciones con su letrado".
El auto especifica que el juez de la Audiencia Nacional podría haber incurrido en la comisión de un delito continuado de prevaricación judicial y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales. No obstante, "ambos delitos concurren" por lo que prevalecería como tipo penal aplicable el de prevaricación.
 
CAUSA DE GRAN TRASCENDENCIA MEDIÁTICA
 
El juez instructor del alto tribunal incide en que la trama Gürtel, liderada por el empresario Francisco Correa, tiene "gran trascendencia mediática" y que el acceso de Garzón a estos "datos confidenciales" extraídos de las conversaciones le proporcionaban un "dominio completo de la evolución de la causa".
 
Jorge Barreiro analiza los autos dictados por Garzón para autorizar las escuchas en prisión e indica que debido a que el juez "era consciente" de que su decisión tenía "una capital incidencia en el derecho a la defensa de los imputados de la Gürtel introdujo "a modo de coletilla" una especial mención en sus resoluciones a la salvaguarda de este derecho.
El auto del alto tribunal añade que los abogados "escuchados" no tenían "enlace alguno" con la organización liderada por Correa y al juez de la Audiencia Nacional "le resultó indiferente" que sus conversaciones con sus clientes "no tuvieran otro contenido" que su estrategia de defensa.
 
Por otra parte, Jorge Barreiro rechaza la petición de la defensa de Garzón para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le remitiera el auto por el que la Sala de lo Civil y lo Penal ordenaba continuar la tramitación de la causa contra dos abogados imputados por su relación con la trama.
 
En un segundo auto, el juez instructor señala que la intención de Garzón es volver al "punto de partida" de la instrucción cinco meses después de que en el auto de transformación en procedimiento abreviado se estableciera que las grabaciones en el centro penitenciario "no eran un medio de prueba idóneo para exculpar" si no más bien "un instrumento eficaz" para acentuar la conducta presuntamente delictiva del magistrado de la Audiencia Nacional.Informó Europa Press. 


lunes, 11 de abril de 2011

ANTEPROYECTO DE LA LEY MILITAR

El PSOE y el PP han alcanzado un amplio acuerdo sobre el proyecto de ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que se ha escenificado ya en el texto que se votará el próximo martes en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, ya que incluye muchas de las enmiendas propuestas por el partido de la oposición, y que permitirá la aprobación del proyecto sin problemas para el Gobierno.

   Muestra de este consenso es el hecho de que el principal partido de la oposición sólo mantendrá para su votación en la Comisión tres de las más de 50 enmiendas que presentó originalmente, según han informado a Europa Press fuentes 'populares'.
   El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, incluye un buen número de enmiendas 'transaccionadas' entre los diputados que han formado parte de la ponencia encargada de redactar el informe sobre el proyecto. La mayoría de las modificaciones son fruto, principalmente, del acuerdo entre los dos partidos mayoritarios, aunque también algunos cambios han sido sugeridos por el diputado de Izquierda Unida, Gaspar Llamazares.

   De esta manera, el texto que votarán los diputados en la Comisión de Defensa y que después será elevado al Pleno del Congreso, junto a las enmiendas que, en su caso, se incluyan, incorpora algunos cambios sustanciales respecto al proyecto elaborado por el Ejecutivo.

LIBERTAD RELIGIOSA Y DE EXPRESION

   En concreto, en el capítulo de las libertades incluye expresamente una mención a la libertad religiosa y matiza la libertad de expresión, señalando que los límites derivados de la disciplina se aplicarán "en los asuntos estrictamente relacionados con el servicio en las Fuerzas Armadas".
   De esta manera, se elimina la anterior redacción que aplicaba las restricciones a la hora de "tratar asuntos referidos a decisiones y disposiciones de los poderes públicos, de los Tribunales de Justicia y de las autoridades y mandos militares que estén relacionados con el servicio o la condición militar".
   Por lo que se refiere a los derechos, el texto que se someterá a votación modifica también el derecho a la intimidad, que originalmente fue condicionado a "las posibilidades que permitan las características de las distintas unidades y las circunstancias en que tengan lugar las operaciones".
   La nueva redacción garantiza que el militar "tiene derecho a la intimidad personal" y agrega que "en el ejercicio y salvaguarda de este derecho se tendrán en cuenta las circunstancias en que tengan lugar las operaciones".

   En el capítulo de la neutralidad política y sindical, cambia la prohibición del militar a "realizar actividades políticas" por el mantenimiento de "una estricta neutralidad pública en relación con la actuación de los partidos políticos". Además, matiza el derecho de reunión, acotando su prohibición a la participación "activa" en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical.  

   Con todo, el capítulo que más cambios ha sufrido en su paso por la ponencia es el referente al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, ya que se incluye en el texto las enmiendas ofrecidas por la mayoría de los grupo de la oposición para dotar de funciones a este órgano, carente de ellas en la propuesta del Gobierno.
   Además, se incluye que los representantes de las asociaciones en el Consejo de Personal tendrán el derecho a "no ser discriminados en su promoción profesional" por esta labor de representación, así como a disponer "créditos de tiempo para el ejercicio de sus cometidos en la preparación de los temas, elaboración de propuestas y posible pertenencia a grupos de trabajo del Consejo".

   También se han pactado nuevas competencias para el Observatorio de la vida militar, al que se faculta para realizar anualmente un "análisis específico sobre los elementos que configuran la carrera militar, los reconocimientos con carácter honorífico y los correspondientes procesos de transición" derivados de la Ley de la Carrera Militar. El informe resultante será presentado ante la Comisión de Defensa y podrá incluir sugerencias que afecten a normas legales y reglamentarias.

   Ésta ha sido la única concesión del Grupo Socialista respecto a las críticas del resto de partidos a la Ley de la Carrera Militar y a las peticiones de que se aprovechara el trámite de la ley de derechos y deberes para modificar algunos de los aspectos más conflictivos de la anterior ley, en vigor desde el 1 de enero de 2008.

   De hecho, estas enmiendas no podrán ser votadas siquiera, ya que el Gobierno ha alegado razones presupuestarias para impedir su admisión a trámite. Consideraba el Ejecutivo que su aceptación supondría un aumento del gasto público.

EL PP QUIERE UNA NUEVA LEY DE LA CARRERA EN SEIS MESES

   No obstante, una de las tres enmiendas que el PP llevará a la Comisión de este martes exige al Gobierno que remita al Congreso de los Diputados en el plazo de seis meses un proyecto de ley que modifique la Ley de la Carrera Militar y, en concreto, el actual sistema de integración de escalas, estableciendo un periodo transitorio de aplicación del nuevo sistema de evaluación para el ascenso.

   Otra de las enmiendas que mantiene el PP pide que se vele por "a escolarización de los hijos de los militares, la salvaguarda de sus lenguas maternas y la no imposición de escolarización en aquellas lenguas cooficiales de comunidades autónomas cuando no fuera las suyas".

   Para el PP, éste es un "problema real" que causa "graves trastornos" a las familias de los militares y en especial a sus hijos menores, por lo que debería ser atendido. No se contenta este partido con la propuesta de los socialistas, que han introducido en el proyecto la protección a "la escolarización" de los hijos, sin hacer mención expresa a las lenguas.

   Después de su votación en la Comisión de Defensa, el texto resultante será llevado al Pleno el día 3 de mayo, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias. Después, será remitido al Senado, donde también podrá ser objeto de modificaciones. De no producirse cambios, el proyecto de ley podría ver la luz verde definitiva en la Cámara Alta.
 

viernes, 8 de abril de 2011

MÁS RUPTURAS MATRIMONIALES

Castilla-La Mancha contabilizó 4.400 rupturas matrimoniales en 2010

  Castilla-La Mancha ha registrado un total de 4.400 rupturas matrimoniales en el año 2010, lo que la sitúa como la tercera región con más rupturas, pero la novena con el mayor crecimiento respecto a 2009, un aumento de 228 rupturas.

   Así se desprende de un informe del Instituto de Política Familiar (IPF) a partir de datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que además destacan que el ranking lo lidera Andalucía, con más de 24.000 rupturas; Cataluña (23.237) y Madrid (17.531).

   Por el contrario, La Rioja con 672 rupturas seguida de Navarra con 1.364 rupturas y Cantabria con 1.579 son las comunidades que han registrado menos cantidad de ruptura familiar.

   En niveles relativos, ha sido Extremadura la comunidad donde más ha crecido (un 7,9%) la ruptura familiar con respecto al 2009, seguido de Cantabria (6,9%), Castilla-La Mancha (5,47%) y la Comunitat Valenciana (4,61%).

   Del total de las rupturas, 2.287 fueron consensuadas, 1.800 no consensuadas. De ellas, 208 fueron separaciones consensuadas, y 103 no consensuadas. Asimismo se registraron un total de 2 nulidades.

   A nivel nacional, en 2010 las rupturas definitivas (divorcios) fueron 119.513 alcanzando el 93,6 por ciento de las rupturas totales, frente al 93 por ciento de 2009. Las separaciones ascendieron a 7.960 y representaron el 6,24 por ciento de las rupturas, frente al 7 por ciento que supusieron en 2009.

   En 2010, las rupturas conflictivas alcanzaron las 51.348 rupturas y supusieron el 40,23 por ciento de las rupturas, de modo que cuatro de cada diez rupturas fueron conflictivas, lo que consolida las cifras de 2009.

jueves, 7 de abril de 2011

NUEVOS DELITOS

Clausuradas las Jornadas sobre Nuevas Tendencias Delictivas

En el día de ayer, en el Aulario General de la Universidad de Castilla-La Mancha en Ciudad Real, tuvo lugar el acto de clausura de las Jornadas desarrolladas en el ámbito policial, jurídico y psicológico de las nuevas tendencias delictivas y su amplia exposición sobre el tratamiento y la prevención.




Tanto en el desarrollo de las Jornadas, que comenzaron el lunes día 4 y concluyeron ayer, día 6, ha estado presente la abogacía joven de Ciudad Real, con la presencia de tres agrupados de AJACR, donde coincidieron en el éxito de las ponencias y en la organización de las mismas.



El primer día se abordó el tema de lo delitos informáticos y se rápida expansión, así como la dificultad en la lucha policial y en el extensión de medios al alcance de la prevención. El segundo día se dirigió la mirada hacia la delincuencia juvenil y su ascenso entre los menores de la violencia. Por último, el tema que se trató antes de la clausura se refirió a la violencia de género desde diversos puntos de vista jurídico.

Al acto de cierre acudió el Subdelegado del Gobierno en Ciudad Real donde destacó la importante labor de formación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, quienes no deben cesar nunca en su labor formativa, para prestar su servicio al lado de quienes más lo necesitan, destacó Lacruz.

MENOS GARANTIAS

Ante la evidente disminución de los recursos públicos disponibles para cubrir los gastos de la Administración de Justicia advierte de que resultaría una equivocación acudir a reformas legales para intentar solucionar todos los problemas 

El Defensor del Pueblo denuncia en su informe anual las disfunciones que provoca en casi todos los ámbitos de la Justicia la escasez de medios materiales y humanos, y expresa su temor a que, frente esta situación, medidas como las de agilización procesal limiten las garantías de los ciudadanos.

Ante la evidente disminución de los recursos públicos disponibles para cubrir los gastos de la Administración de Justicia -advierte el Defensor del Pueblo- resultaría una equivocación acudir a reformas legales para intentar solucionar todos los problemas.
 
En este sentido, expresa su preocupación por las consecuencias negativas que reformas como las contenidas en el proyecto de ley de agilización procesal pueda tener para la sociedad ya que teme que puedan limitar las garantías de los ciudadanos ante la Justicia.
Por ello, considera que debería evitarse "avanzar hacia un escenario en el que, sin haber resuelto los problemas de cobertura de las necesidades materiales del sistema judicial, se hubiera al mismo tiempo minorado el número de recursos jurídicos de los que hoy dispone la ciudadanía".
 
En la mayoría de las quejas de los ciudadanos recibidas el pasado año en materia de Justicia está presente el problema "endémico" de los retrasos y dilaciones indebidas.
Este asunto es uno de los más graves problemas de la Administración de Justicia "y su solución es una necesidad de primer orden", sostiene el informe, que pone de manifiesto que, a pesar del importante número de quejas recibidas en 2010 por este motivo en la jurisdicción civil, éstas no presentan plazos de retraso tan llamativos como en años anteriores.
 
En el orden contencioso critica que, en muchos casos, el origen de la demora sea la "inercia administrativa", es decir el retraso injustificado en la realización de las diferentes actuaciones por parte de los órganos de la Administración y que no puede justificar, en modo alguno, las dilaciones indebidas.
Considera asimismo que son "inaceptables" las esperas que se producen en el orden social con la actual situación económica.
 
Las quejas se centran asimismo en la escasez de personal en muchos órganos judiciales o incluso la inexistencia de Juzgados especializados donde debieran existir o la obsolescencia de las infraestructuras, incluidos los sistemas de información y comunicación, destaca.
 
Esta institución también expresa su preocupación por el atasco que padece el Registro Civil Central, que un año más ha sido objeto de un grupo importante de quejas.
Por ello, considera "ineludible" que se afronte la "gravísima situación por la que atraviesa el Registro Civil Central, cuya situación de colapso deja a muchos ciudadanos sin posibilidad de ejercer derechos que legítimamente les corresponden".
 
En este sentido, acoge positivamente el plan de choque aprobado por el Gobierno para normalizar el funcionamiento de dicho órgano y confía en que a medio plazo "las medidas adoptadas redunden en una situación que se acerque a parámetros de normalidad", aunque alerta de que a corto plazo dichas medidas, ya aplicadas, "resultan insuficientes y siguen registrándose retrasos intolerables".
 
Por el contrario, alaba la implantación de la nueva oficina judicial, que supone "un fuerte avance" en la protección de los derechos de los ciudadanos frente a la Administración y un "gran paso" hacia la modernización y optimización de los recursos de los que dispone la Justicia.
Insiste por otra parte en la necesidad de abordar lo antes posible la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.