Valdeolivas&García ABOGADOS

martes, 12 de abril de 2011

"BALADA TRISTE DE INSPECCIÓN"

 "Balada Triste de Inspección"
El pasado día 8 de abril de 2011 fue publicado en el periódico "El Semanal de La Mancha" de Alcázar de San Juan, el artículo de opinión del abogado, D. Eduardo J. García Villajos, del despacho profesional V&G ABOGADOS en Alcázar de San Juan. Para aquéllos que no hayan tenido la oportunidad de acceder al Semanario, adjuntamos copia de la página y transcripción del artículo publicado:
   BALADA TRISTE DE INSPECCIÓN

  Por Eduardo J. García Villajos. Abogado del despacho V&G Abogados en Alcázar de San Juan.
Tras las reuniones del pasado fin de semana en Bruselas, el Presidente del Gobierno regresó a España con tarea pendiente, con el fin de recuperar a nuestro país de la crisis.
Ahora se escuchan voces muy autorizadas que dicen que una de las medidas a tomar por el Ejecutivo será la de intensificar las inspecciones de Hacienda, para controlar la posible evasión de impuestos o fraudes fiscales y, sobretodo, para sacar a la luz la llamada “economía sumergida”.
Debe de tener en cuenta, si a la puerta de su negocio llama un Inspector de Hacienda (que esté debidamente acreditado), que tu domicilio es “inviolable”, y sólo podrá acceder si Usted lo permite. Lo normal será que el Inspector acuda con una autorización escrita del Delegado de Hacienda de la zona (Ciudad Real, en nuestra zona).
Si Usted continúa reticente y cree que es mejor que el Inspector no entre a sus oficinas, Hacienda podrá entender que está obstruyendo la labor inspectora y ello le acarreará mayor dificultad para librarse de una buena sanción. Colabore.
No obstante, la Delegación de Hacienda podrá solicitar una orden judicial con el fin de acceder a las oficinas para realizar la labor inspectora y Usted ya no podrá negarse.
El Inspector no podrá tocar ni un solo papel hasta que Usted o el legal representante de la empresa esté presente. Salvo que la entrada se produzca mediante una orden judicial, que el Inspector no necesitará ningún otro requisito.
Usted podrá solicitar que su asesor o gestor fiscal se encuentre allí durante la inspección, entonces, se retrasará el inicio de las actuaciones hasta que su asesor esté presente en las oficinas de su empresa.
Las actuaciones inspectoras no pueden durar más de doce meses, contados desde la fecha de comunicación de inicio de las actuaciones hasta que se notifique la liquidación correspondiente. Pero el plazo puede extenderse otros doce meses más en determinados casos, como son las dilaciones del propio contribuyente, o en caso de excesiva complejidad o en la ocultación de actividades.
Una vez que se extienden las actas de inspección, con la propuesta de liquidación que en su caso resulten, el Inspector Jefe tiene la facultad de solicitar que se complete el expediente, y comenzarán las actuaciones complementarias, que finalizarán con otra propuesta de liquidación, otorgándose nuevo plazo al contribuyente para presentar las alegaciones que considere oportunas en su descargo.
 Una recomendación de este despacho profesional ante una posible actuación inspectora por parte de Hacienda, es que Usted deberá mostrar la mayor disponibilidad posible, dando a entender al Inspector que nada tiene que ocultar. Si durante la Inspección le surge alguna cuestión, no deberá dudar en preguntarlo, para que la labor inspectora se realice en el mejor ambiente posible. 

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