Valdeolivas&García ABOGADOS

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lunes, 6 de junio de 2011

REGLAMENTO ACCESO PARA ABOGADOS

Los estudiantes realizarán un curso formativo, una prueba de evaluación de la aptitud profesional y un periodo de práctica
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Reglamento de la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, que establece que los graduados en Derecho deben superar un periodo de formación especializada, un periodo de prácticas y una prueba de evaluación de la aptitud profesional.
 
Aunque las profesiones de abogado y procurador están tuteladas por el Ministerio de Justicia, que ha impulsado el proceso de elaboración de este documento, el departamento de Gabilondo interviene por la participación de las universidades en el proceso de formación de estos profesionales, así como por la adecuación a la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias (Ley Orgánica 4/2007), según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio de Educación.
 
El nueva marco regulatorio de acceso a las profesiones de abogado y procurador fue establecido por la Ley 34/2006, de 30 de octubre, por lo que desde hace ya más de cuatro años es sabido que en el futuro para el acceso a las mencionadas profesiones no bastaría con la posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho, siendo necesario además una formación complementaria y la superación de un examen de aptitud.
 
Este esquema es habitual en la mayoría de los países europeos, que distinguen el título académico y el profesional. Sin embargo, el Gobierno ha esperado casi cinco años para aprobar el texto con el objetivo de que los alumnos que comenzaron los estudios de licenciatura en Derecho pudieran concluir sus estudios antes del desarrollo del reglamento y que los que se matricularon con posterioridad tuvieran tiempo para conocerlo bien.
 
ENTRA EN VIGOR EL 1 DE NOVIEMBRE
 
Así, la ley, que entrará en vigor el 1 de noviembre de 2011, afectará ya a los alumnos que cursan estos estudios, que deberán cursar un periodo de formación especializada en las universidades o en escuelas de práctica jurídica, y superar una prueba de evaluación de la aptitud profesional, según las citadas fuentes.
 
Sin perjuicio de lo anterior, quienes en la indicada fecha se encuentren en posesión del correspondiente título de licenciado o graduado, aún dispondrán de un plazo adicional de otros dos años para acceder al ejercicio profesional sin ulterior requisito aparte de la preceptiva colegiación.
 
El máster de acceso a la Abogacía o a la Procura se beneficia de todas las políticas de becas y ayudas al estudio previstas para los másteres oficiales. Al mismo tiempo se señala que en su calidad de másteres oficiales, los indicados quedan sometidos al régimen general de precios públicos.
 
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha subrayado las "largas negociaciones" mantenidas con los colegios profesionales para alcanzar este acuerdo. "Es un buen acuerdo y nos va a permitir que las próximas generaciones tengan una formación más práctica de estas carreras, que son eminentemente profesionales", ha dicho.
 
En la elaboración del reglamento, además de Educación y Justicia, han participado representantes de las universidades y facultades de Derecho, de la abogacía y la procura institucional, mientras que también se ha escuchado a los propios estudiantes de esta carrera.
 
El Ministerio de Justicia ha explicado, en un comunicado, que los aspirantes a este curso deberán estar en posesión de un título universitario que acredite determinadas competencias jurídicas, que se consideran adquiridas por los licenciados o graduados en Derecho.
 
Los planes de estudio de los cursos formativos comprenderán 60 créditos ECTS dirigidos a proporcionar las competencias profesionales necesarias para el ejercicio de la abogacía y de la procura, conforme a unos estándares de calidad homologables con los países de la Unión Europea.
 
Estos cursos podrán ser impartidos por universidades, en el marco de las enseñanzas para la obtención de un título oficial de máster universitario, que podrán combinar créditos pertenecientes a distintos planes de estudios de títulos oficiales de postgrado, lo que facilita la especialización.
 
Las escuelas de práctica jurídica, creadas por los colegios de abogados y homologadas por el Consejo General de la Abogacía, podrán poner en marcha esta formación. Asimismo, podrán impartirlos de forma conjunta las universidades y las escuelas de práctica jurídica.
 
PRÁCTICAS EXTERNAS EN JUZGADOS, CÁRCELES O DESPACHOS
 
Los cursos de formación deben estar acreditados por los ministerios de Justicia y Educación conforme a criterios homogéneos de excelencia. Los alumnos podrán acceder a becas, especialmente dirigidas a realizar los másters universitarios para poder acceder a esta oferta formativa.
 
Por su parte, las prácticas externas supondrán 30 créditos adicionales a los de los cursos formativos. Serán tuteladas por abogados o procuradores que hayan ejercido la profesión al menos durante cinco años y se desarrollarán, total o parcialmente, en juzgados o tribunales, fiscalías, despachos profesionales, instituciones oficiales o empresas.
 
Siempre que las prácticas consistan en actividades propias de la abogacía o de la procura, podrán también desarrollarse en establecimientos policiales, centros penitenciarios o entidades que desarrollan actividades de interés general.
 
Mediante el nuevo sistema de formación, los futuros abogados y procuradores españoles se situarán al mismo nivel de capacitación profesional de sus homólogos europeos, con quienes podrán competir en situación de igualdad en el contexto de un mercado de libre prestación de servicios, se congratula Justicia .


lunes, 30 de mayo de 2011

ABOGADOS POR SMS

Una veintena de Colegios de Abogados informan por sms de la designación de letrado a los ciudadanos que lo soliciten 
 
   Los ciudadanos que soliciten abogado de oficio a través del sistema de Justicia Gratuita en cerca de 20 Colegios de Abogados de toda España pueden ser informados, a través de un mensaje a su teléfono móvil, de las designaciones de abogado o de su denegación a través del servicio de e-Mensajes desarrollado por la Infraestructura Tecnológica del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).
 
   Según ha explicado el CGAE a través de una nota de prensa, los Colegios de Abogados también pueden informar a sus colegiados de las guardias y los pagos del Turno de Oficio mediante el mismo sistema.
 
   El Consejo indica que este es, entre otras, una de las mejoras que incluye este servicio que la Infraestructura Tecnológica del CGAE, RedAbogacía, desarrolló de forma pionera en el año 2009 y que en lo que llevamos de 2011 ha multiplicado por 2,5 los BuroSMS remitidos en todo 2010.
 
   Los envíos de SMS y BuroSMS, se integran dentro del servicio e-Mensajes desarrollado por RedAbogacía, a través del cual se pueden enviar no sólo SMS completamente seguros, sino también correos electrónicos y fax masivos de forma instantánea.
 
   En los cuatro primeros meses del presente año, el sistema de e-Mensajes de RedAbogacía ha remitido 4.292 buroSMS de forma instantánea, frente a las 1.764 comunicaciones enviadas en 2010 por este sistema telemático de comunicación segura.
 
   Los abogados de Valladolid, Huelva, Tenerife, Terrassa, Badajoz, Castellón, Ciudad Real, Guadalajara, Lleida, Mataró, Murcia, Orense, Reus, Santiago de Compostela, Tarragona, Tortosa y Vic tienen a disposición este servicio que en los últimos meses ha implementado numerosas mejoras.
 
   El comunicado especifica que entre los beneficios de e-Mensajes, además de los relativas al Turno de Oficio, cabe destacar la posibilidad de gestionar los contactos y programar la fecha y hora a la que se quiera realizar el envío de forma anticipada, así como la notificación del estado de la remisión a cada uno de los destinatarios, pudiendo verificar y guardar el histórico de entrega o fallo de cada uno de los envíos efectuados para cada destinatario

martes, 24 de mayo de 2011

NO CONDENADO POR EL RETRASO

El padre alegó que ambos habían relajado o flexibilizado algunos de los parámetros del convenio aprobado en la sentencia de divorcio de enero de 2007 
 
En este caso, la pareja, que tiene dos hijas en común --una de las cuales, de nueve años en el momento de los hechos, vive con la madre--, se divorció en enero de 2007. El convenio firmado por ambos establecía que el padre podría tener a su hija en su compañía los martes y jueves, desde la salida del colegio hasta las 21 horas, momento en el que debía devolverla con su madre. Sin embargo, según denunció la mujer, desde el último año la llevaba sobre las 23 horas en lugar de la hora fijada.
 
Además, indicó que durante las vacaciones de Navidad de 2009, el padre podía tener a su hija durante el primer periodo, y la tenía que devolver el 30 de diciembre, mientras que la madre consideraba que debía de ser devuelta el día 29. Entre ellos no se llegó a concretar la fecha de devolución.
 
Por estos hechos, el titular del juzgado de Instrucción número 1 de Requena condenó al hombre a pagar una multa de 200 euros por una falta de incumplimiento de los deberes familiares. Contra esta resolución, el condenado interpuso un recurso de apelación en el que alegaba, entre otros motivos, error en la apreciación de la prueba.
 
El hombre indicaba que no era cierto que hubiese incurrido habitualmente en retrasos injustificados a la hora de devolver a su hija bajo la custodia materna; y señalaba que lo que pasaba es que ambos habían relajado o flexibilizado algunos de los parámetros del convenio aprobado en la sentencia de divorcio de enero de 2007.
 
La Audiencia, tras examinarlo, ha decidido estimar el escrito en base a varios argumentos. En concreto, indica que "no es ya que no haya quedado acreditado que los retrasos fueron dolosos --como alegaba el recurrente--, sino que lo no acreditado es que el denunciado, con su conducta, pretendiera privar o dificultar indebidamente la relación de la hija con su madre".
 
"La prueba practicada --agrega-- no descarta que el incumplimiento por vía de retraso pudiera ser fruto de una aceptación tácita o de una aparente admisión por la madre de devoluciones fuera de la hora fijada en el convenio". Por ello, afirma que "no sólo no consta acreditado que el retraso fuera fruto de la voluntad maliciosa del denunciado de molestar a la denunciante o de despreciarla, sino que no consta que provocara o fuera apto para generar algún tipo de perjuicio a la hija". 

lunes, 23 de mayo de 2011

MÁS VENTAJAS ON-LINE

El CGPJ pone el 'Punto neutro judicial' a disposición de los letrados para comunicarse por vía telemática en asuntos de Justicia Gratuita

 El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) han suscrito un convenio dirigido a mejorar la comunicación entre los letrados y los tribunales. En concreto, el acuerdo permitirá a los órganos judiciales conocer de forma ágil y rápida la situación profesional de los abogados en ejercicio y acceder de forma segura al censo de colegiados.

El presidente de la Abogacía, Carlos Carnicer, el vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa y la vocal del órgano de gobierno de los jueces Margarita Uría han firmado este martes un convenio de colaboración entre ambas instituciones que pretende facilitar la comunicación entre los colegios de letrados y los juzgados y tribunales sin mermar la seguridad jurídica.
En la sede del CGPJ, Carnicer y De Rosa han destacado el "espíritu" de colaboración entre ambos organismos así como las "ventajas" que tendrá esta iniciativa en el funcionamiento de la Justicia.

COMUNICACIONES TELEMÁTICAS
En concreto, la Abogacía permitirá acceder a los órganos judiciales de forma segura al Censo de colegiados, actualizado permanentemente, para que sean consultados para la gestión procesal. Así, no será ya necesario que los colegios de abogados remitan anualmente el listado de letrados a todos los juzgados y tribunales de su territorio.

Además, los órganos judiciales podrán conocer de forma "ágil y rápida" la situación profesional de los abogados en ejercicio y sus actuaciones procesales, sin que la inclusión o no de una persona en este listado de colegiados pueda considerarse como "habilitación" profesional.

Por su parte, el CGPJ permitirá a la Abogacía utilizar su red de comunicaciones, denominada 'Punto Neutro Judicial', en aquellos asuntos relacionados con la Asistencia Jurídica Gratuita y además acceder a sus bases de datos, relativas a la normalización de códigos de procedimiento o a la planta judicial, para desarrollar sus aplicaciones informáticas.

El órgano de gobierno de los jueces y la Abogacía Española crearán una Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, integrada por dos representantes de cada institución, para coordinar y supervisar las actividades necesarias para la ejecución de este convenio 

jueves, 19 de mayo de 2011

MARTA DEL CASTILLO: NUEVA ACUSACIÓN

Los padres de Marta del Castillo han elevado la solicitud de pena de prisión, ya que han calificado un nuevo delito a la causa contra la integridad moral
La acusación particular que ejercen los padres de Marta del Castillo, la joven violada y asesinada en enero de 2009 en una vivienda de la barriada de León XIII, ha presentado el nuevo escrito de acusación contra los cuatro mayores de edad imputados, un escrito en el que pide 52 años y cinco meses de cárcel para Miguel Carcaño, es decir, dos años más de lo solicitado en el primer escrito presentado a principios de 2010, ya que a los presuntos delitos de asesinato, dos de agresión sexual y otro de profanación de cadáveres, se suma como novedad la imputación de un delito contra la integridad moral.
En este nuevo escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, los padres de Marta imputan este nuevo delito a los cuatro acusados, de manera que solicitan diez años de cárcel para el hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado, por los delitos de encubrimiento, profanación de cadáveres, amenazas al menor conocido como el 'Cuco' y contra la integridad moral, y cinco años de prisión para la novia de éste, María García, y para Samuel Benítez, por los delitos de encubrimiento, profanación y contra la integridad moral. Además, interesa que Miguel indemnice a los padres y a las hermanas de la víctima con 480.000 euros, cantidad que se reduce a 100.000 euros en el caso de los otros tres procesados.
Los padres de Marta han presentado nuevamente el escrito de acusación contra los cuatro procesados después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) decidiera que el juicio no sería enjuiciado por un jurado popular sino por un tribunal profesional, lo que obligó a devolver las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 4, que, tras dictar el auto de procesamiento, dio trasladó de las actuaciones a la Sección Primera de la Audiencia Provincial para el desarrollo de la llamada fase intermedia del sumario, en la que todas las partes volverán a presentar sus escritos de acusación y defensa.
 
"BRUTAL VIOLENCIA"
En el nuevo escrito elevado ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial, el abogado de los padres relata que el viernes día 24 de enero de 2009, entre las 20,00 y las 24,00 horas, Miguel Carcaño, junto con el menor conocido como el 'Cuco', cuando se encontraban en un piso situado en la planta baja del número 78 de la calle León XIII y "tras haber tomado alguna bebida alcohólica y haber fumado algún cigarrillo de hachís que les provocaron euforia y cierta desinhibición pero no impedían que tuvieran un pleno control de sus actos, por razones no determinadas comenzaron a agredir con golpes, puñetazos y patadas a quien era su amiga Marta del Castillo, que había llegado hasta allí con Miguel confiada en su amistad y que se vio sorprendida, atrapada e indefensa ante la brutal violencia de estos".
En este sentido, añade que, seguidamente y siempre actuando conjuntamente, Carcaño y el menor, ayudándose mutuamente, "la condujeron por la fuerza a la cama sita en la habitación de la casa habitualmente utilizada por el acusado, en donde la amordazaron para ahogar sus gritos, persistiendo en sus golpes y procediendo a desnudarla parcialmente y como continuación de la agresión que habían iniciado, con el propósito de obtener satisfacción sexual contra la voluntad de aquella, sujetándola entre ambos y esgrimiendo una navaja tipo mariposa para amedrentarla, la penetraron vaginalmente, primero uno, y luego el otro".
Así, relata que, "inmediatamente después, la tiraron al suelo y con el propósito común de matarla como colofón a su actuación criminal, mientras el acusado la sujetaba, el menor le rodeó el cuello con un cable de un alargador, apretando hasta asfixiarla y comprobar ambos que dejaba de moverse y que había perdido la vida", precisando que, "después, para cerciorarse de que efectivamente estaba muerta, procedieron a comprobarlo con un tensiómetro que había en el domicilio que le pusieron en uno de sus brazos, confirmando que la habían matado".
 
DOLOR "POR NO PODER CERRAR EL DUELO"
De igual modo, señala que, "tras haber matado a Marta", ambos "buscaron ayuda para limpiar los vestigios que pudieran haber quedado en el lugar y para deshacerse del cadáver", y "con esa finalidad avisaron a los demás acusados", como son Samuel Benítez, Francisco Javier Delgado y María García, todos los cuales, "tras acudir en ayuda de Carcaño y el menor y conocer lo sucedido, para que no fuera descubierta la brutal agresión física y sexual que habían perpetrado a quien era su amiga y a sabiendas de que de esa manera impedirían que su familia pudiera al menos recuperar su cuerpo, con lo que al dolor y el sufrimiento causados por la muerte añadirían el derivado de no poder cerrar el duelo, incrementando de ese modo el daño moral infringido, decidieron hacerlo desaparecer".
Agrega que los procesados, "dirigidos" por el hermano de Carcaño, "empezaron a preparar el modo de hacer ineficaz la investigación desde el primer momento, por lo que a pesar de exhaustivas búsquedas han conseguido finalmente su propósito de impedir a la familia recuperar el cuerpo de Marta", al tiempo que asevera que, "para asegurar un pacto de silencio entre todos ellos, esa misma noche Francisco Javier advirtió al menor, al que consideró el eslabón más débil, de que si decía algo 'le iba a pasar algo muy grave a su familia', consiguiendo de esa manera que no contara a nadie lo sucedido".
En el escrito, el abogado de los padres interesa la declaración de 15 agentes del Cuerpo Nacional de Policía y de más de 40 testigos, entre ellos los padres y un tío de Marta; los padres de Samuel o la menor de Camas con la que mantuvo una relación sentimental Miguel Carcaño, así como de un compañero de trabajo del padre "al objeto de que declare acerca de los padecimientos sufridos por éste". Además, y como prueba pericial, pide que comparezcan los psicólogos que han asistido a la madre y hermanas de Marta.
 
LA FISCALÍA TAMBIÉN PIDE 52 AÑOS PARA CARCAÑO
Hay que recordar que la Fiscalía ya presentó su escrito de acusación, en el que solicita 52 años de prisión para Miguel Carcaño por los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral; ocho años de cárcel para su hermano, Francisco Javier Delgado, y cinco para Samuel Benítez y María García. Además, pide que los imputados indemnicen solidariamente al Ministerio del Interior en 616.319,27 euros, importe en el que cifra las labores de búsqueda del cuerpo de la menor tanto en el río Guadalquivir como en el vertedero de Alcalá de Guadaíra y en la localidad de Camas 

jueves, 12 de mayo de 2011

PLAN DE LIQUIDACION DE AFINSA

Los afectados recuperarán, como máximo, un 30% de lo que invirtieron 
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha aprobado el plan de liquidación de Afinsa presentado por la administración concursal, que incluye un primer pago a los 190.000 afectados del 5% de los 2.403 millones de euros invertidos, según el auto dictado el pasado 5 de mayo.
Este primer pago procederá de la tesorería de la compañía (3,4 millones de euros), así como de los cerca de 210 millones de euros que el juez obligó a Hacienda a reintegrar en la filatélica por las cantidades cobradas en concepto de IVA y de Impuesto de Sociedades, al concluir que la empresa realizaba una actividad financiera.
Además, los afectados recibirán parte de lo que resulte de la enajenación de los inmuebles de Afinsa mediante subasta, la venta los sellos (con un valor estimado de 248,7 millones de euros) y la desinversión de las acciones que Afinsa tiene en la empresa cotizada Spectrum, antigua filial de la filatélica en Estados Unidos, Escala Group.
La administración concursal ya está autorizada para abrir el plazo de las plicas para que los interesados puedan pujar por los inmuebles de la filatélica, cuyo listado se podrá consultar en la página web   http://www.administracionconcursalafinsa.com/ Los plazos dependerán del interés los posibles compradores.
Por otro lado, el plan contempla un plazo de ocho meses para la venta del 57% de las acciones de Spectrum, que Afinsa posee en la a través de su filial Auctentia. En caso de que no exista comprador, los títulos se venderán dentro de un plazo adicional de cuatro meses a su precio de cotización en el mercado secundario.
Respecto a la venta de los sellos, el plan de liquidación contempla un plazo de un año para su venta directa de forma individual o por lotes, a través de empresas especializadas en el sector filatélico.
Varias muestras de filatelia quedarán en poder del Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional como prueba dentro del procedimiento penal que se tramita contra los antiguos gestores. El juez del concurso ha solicitado a la Audiencia Nacional que levante los embargos sobre los inmuebles y bienes con el fin de llevar a cabo la liquidación.
Realizado el primer pago del 5%, cuando se disponga de más liquidez, el juez irá autorizando sucesivos pagos por importes mínimos del 5%, según explica el auto. Contra esta resolución cabe recurso de apelación en un plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de Madrid, lo que retrasará el comienzo de la liquidación si las partes del proceso presentan oposición al plan.
El lunes se cumplieron cinco años de la intervención judicial de Fórum Filatélico y Afinsa del 9 de mayo de 2006. La compañía tiene un pasivo de 2.443 millones de euros frente a un activo de 812 millones de euros, lo que arroja un agujero patrimonial de 1.631 millones de euros, lo que supondría recuperar sólo el 33% de lo invertido .

jueves, 14 de abril de 2011

ECONOMIA CONGELADA

El presidente del REFOR explicó que las empresas y autónomos españoles en situación de insolvencia podrían estar por encima de los 40.000 (el 50% empresas y el otro 50% autónomos) en el primer trimestre del año 

El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentí Pich, ha afirmado que la economía española se encuentra "congelada" y que si no crece en los próximos meses habrá que plantearse una nueva subida de impuestos para hacer frente al déficit público.

"La economía española está en el congelador", declaró Pich durante la presentación del informe sobre actividad concursal y análisis de la situación económico-financiera de España, correspondiente al primer trimestre de 2011.
 
El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas explicó que la "inmensidad de los déficit públicos sólo se puede parar con crecimientos más elevados y, como eso no ha pasado en España, pues habrá que subir impuestos, entre otras medidas".
 
Por su parte, el presidente del Registro de Economistas Forenses, (REFOR), Leopoldo Pons, apuntó que la crisis económica actual "es una crisis del sistema y no de España en el sistema", por lo que, consideró, los políticos "no son los responsables de todo". "Los ajustes no son económicos como tales, sino estructurales", afirmó.
 
CERCA DE 40.000 EMPRESAS Y AUTÓNOMOS EN QUIEBRA
 
El presidente del REFOR explicó que las empresas y autónomos españoles en situación de insolvencia podrían estar por encima de los 40.000 (el 50% empresas y el otro 50% autónomos) en el primer trimestre del año, aunque los juzgados declararon un total de 1.669 concursos de acreedores.
 
"La Ley Concursal no ha conseguido su objetivo por la estigmatización del entorno a las empresas en concurso", afirmó Pons, quien recomendó "instar a las sociedades en situación de insolvencia a que sean reguladas judicialmente".
 
Según los datos aportados por el REFOR, el número de concursos declarados en el primer trimestre de 2011 ascendió a 1.669, lo que supone sumar 15 declaraciones de insolvencia más que las registradas en el mismo periodo del año anterior.
 
Las previsiones del REFOR para 2011 apuntan a que el año finalizará con unas cifras concursales muy similares a las registradas en 2010, que concluyó con cerca de 5.000 insolvencias declaradas.
Pons pidió que se saque la figura de los concursos de personas físicas de la futura Ley Concursal, ya que "ha quedado demostrado que los particulares no están capacitados para soportar las situaciones concursales" y "se producen situaciones de indefensión".
 
Asimismo, el presidente del REFOR solicitó que la futura regulación concursal incluya un título específico para tratar las refinanciaciones de deuda con el objetivo de conseguir que sean una verdadera solución para evitar las situaciones concursales.Informó Europa Press. 

miércoles, 13 de abril de 2011

NUEVA LEY DE WEBS

Según informa el Ministerio, la norma tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos Secciones de la Comisión de Propiedad Intelectual 

El Ministerio de Cultura ya tiene listo el texto del borrador de Real Decreto que regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, así como el procedimiento para el ejercicio de sus funciones. El texto inicia este martes un tráite preceptivo de consultas entre las diferentes partes del sector.
La Ley de Economía Sostenible modificó la Comisión de Propiedad Intelectual, creada por la Ley de Propiedad Intelectual, y estableció que actuará por medio de dos Secciones. Según informa el Ministerio de Cultura, este Real Decreto tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos Secciones.
"Con carácter general, potencia la solución dialogada, extrajudicial y voluntaria de conflictos y protege los derechos tanto de los creadores como los del resto de los ciudadanos a que exista una oferta legal, diversa y asequible de productos culturales".
En esta misma línea, Cultura asegura que la Sección Primera tiene encomendadas funciones de mediación y arbitraje, incluyendo materias relacionadas con entidades de gestión colectiva. En la solicitud de mediación, "las partes se someterán expresa y voluntariamente a la Sección para que ésta medie en la solución del conflicto".
En el arbitraje, las partes podrán someterse voluntariamente a la decisión de la Comisión sobre conflictos concretos. "El procedimiento terminará mediante un solo laudo, que deberá dictarse en el plazo máximo de tres meses prorrogables por un máximo de dos meses". Tendrá carácter vinculante y será ejecutable e impugnable.
 
NUNCA CONTRA LOS USUARIOS
 
Asimismo, desde el ministerio de Cultura indican que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o pueda causar un daño patrimonial al titular de esos derechos.
"El procedimiento se instará mediante solicitud, por tanto, la Sección Segunda nunca actuará de oficio. Lo hará en el ámbito de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, nunca contra usuarios de Internet".
 
RETIRADA DE CONTENIDOS
 
La Comisión de Propiedad Intelectual decidirá, en cada caso, si procede la retirada de contenidos o el cierre de la página. Y la ejecución forzosa de esas medidas deberá contar, siempre, con autorización judicial. En todo caso, asegura, que el procedimiento permite en todo momento "la retirada voluntaria" de los enlaces a los contenidos que no cuenten con autorización del titular.Informó Europa Press .

martes, 12 de abril de 2011

GARZÓN SE SIENTA EN EL BANQUILLO

Sostiene que mediante medios "indebidos" el juez tenía "un dominio completo" de una causa
de "gran trascendencia mediática" 
 
 
Tribunal Supremo ha dictado la apertura de juicio oral contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por autorizar la práctica de escuchas en prisión a los imputados por la trama Gürtel.
El magistrado instructor, Alberto Jorge Barreiro, considera que Garzón tenía la finalidad de "obtener información de relevancia para el proceso, que no tenía seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos", y por ello "decidió acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales" que mantenían los internos con sus abogados en los locutorios de prisión.
 
Jorge Barreiro agrega que la pretensión del juez era "obtener datos reservados para favorecer el éxito de la investigación", dada la confianza de los acusados de la Gürtel "en la confidencialidad de las comunicaciones con su letrado".
El auto especifica que el juez de la Audiencia Nacional podría haber incurrido en la comisión de un delito continuado de prevaricación judicial y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales. No obstante, "ambos delitos concurren" por lo que prevalecería como tipo penal aplicable el de prevaricación.
 
CAUSA DE GRAN TRASCENDENCIA MEDIÁTICA
 
El juez instructor del alto tribunal incide en que la trama Gürtel, liderada por el empresario Francisco Correa, tiene "gran trascendencia mediática" y que el acceso de Garzón a estos "datos confidenciales" extraídos de las conversaciones le proporcionaban un "dominio completo de la evolución de la causa".
 
Jorge Barreiro analiza los autos dictados por Garzón para autorizar las escuchas en prisión e indica que debido a que el juez "era consciente" de que su decisión tenía "una capital incidencia en el derecho a la defensa de los imputados de la Gürtel introdujo "a modo de coletilla" una especial mención en sus resoluciones a la salvaguarda de este derecho.
El auto del alto tribunal añade que los abogados "escuchados" no tenían "enlace alguno" con la organización liderada por Correa y al juez de la Audiencia Nacional "le resultó indiferente" que sus conversaciones con sus clientes "no tuvieran otro contenido" que su estrategia de defensa.
 
Por otra parte, Jorge Barreiro rechaza la petición de la defensa de Garzón para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le remitiera el auto por el que la Sala de lo Civil y lo Penal ordenaba continuar la tramitación de la causa contra dos abogados imputados por su relación con la trama.
 
En un segundo auto, el juez instructor señala que la intención de Garzón es volver al "punto de partida" de la instrucción cinco meses después de que en el auto de transformación en procedimiento abreviado se estableciera que las grabaciones en el centro penitenciario "no eran un medio de prueba idóneo para exculpar" si no más bien "un instrumento eficaz" para acentuar la conducta presuntamente delictiva del magistrado de la Audiencia Nacional.Informó Europa Press. 


lunes, 11 de abril de 2011

ANTEPROYECTO DE LA LEY MILITAR

El PSOE y el PP han alcanzado un amplio acuerdo sobre el proyecto de ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que se ha escenificado ya en el texto que se votará el próximo martes en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, ya que incluye muchas de las enmiendas propuestas por el partido de la oposición, y que permitirá la aprobación del proyecto sin problemas para el Gobierno.

   Muestra de este consenso es el hecho de que el principal partido de la oposición sólo mantendrá para su votación en la Comisión tres de las más de 50 enmiendas que presentó originalmente, según han informado a Europa Press fuentes 'populares'.
   El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, incluye un buen número de enmiendas 'transaccionadas' entre los diputados que han formado parte de la ponencia encargada de redactar el informe sobre el proyecto. La mayoría de las modificaciones son fruto, principalmente, del acuerdo entre los dos partidos mayoritarios, aunque también algunos cambios han sido sugeridos por el diputado de Izquierda Unida, Gaspar Llamazares.

   De esta manera, el texto que votarán los diputados en la Comisión de Defensa y que después será elevado al Pleno del Congreso, junto a las enmiendas que, en su caso, se incluyan, incorpora algunos cambios sustanciales respecto al proyecto elaborado por el Ejecutivo.

LIBERTAD RELIGIOSA Y DE EXPRESION

   En concreto, en el capítulo de las libertades incluye expresamente una mención a la libertad religiosa y matiza la libertad de expresión, señalando que los límites derivados de la disciplina se aplicarán "en los asuntos estrictamente relacionados con el servicio en las Fuerzas Armadas".
   De esta manera, se elimina la anterior redacción que aplicaba las restricciones a la hora de "tratar asuntos referidos a decisiones y disposiciones de los poderes públicos, de los Tribunales de Justicia y de las autoridades y mandos militares que estén relacionados con el servicio o la condición militar".
   Por lo que se refiere a los derechos, el texto que se someterá a votación modifica también el derecho a la intimidad, que originalmente fue condicionado a "las posibilidades que permitan las características de las distintas unidades y las circunstancias en que tengan lugar las operaciones".
   La nueva redacción garantiza que el militar "tiene derecho a la intimidad personal" y agrega que "en el ejercicio y salvaguarda de este derecho se tendrán en cuenta las circunstancias en que tengan lugar las operaciones".

   En el capítulo de la neutralidad política y sindical, cambia la prohibición del militar a "realizar actividades políticas" por el mantenimiento de "una estricta neutralidad pública en relación con la actuación de los partidos políticos". Además, matiza el derecho de reunión, acotando su prohibición a la participación "activa" en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical.  

   Con todo, el capítulo que más cambios ha sufrido en su paso por la ponencia es el referente al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, ya que se incluye en el texto las enmiendas ofrecidas por la mayoría de los grupo de la oposición para dotar de funciones a este órgano, carente de ellas en la propuesta del Gobierno.
   Además, se incluye que los representantes de las asociaciones en el Consejo de Personal tendrán el derecho a "no ser discriminados en su promoción profesional" por esta labor de representación, así como a disponer "créditos de tiempo para el ejercicio de sus cometidos en la preparación de los temas, elaboración de propuestas y posible pertenencia a grupos de trabajo del Consejo".

   También se han pactado nuevas competencias para el Observatorio de la vida militar, al que se faculta para realizar anualmente un "análisis específico sobre los elementos que configuran la carrera militar, los reconocimientos con carácter honorífico y los correspondientes procesos de transición" derivados de la Ley de la Carrera Militar. El informe resultante será presentado ante la Comisión de Defensa y podrá incluir sugerencias que afecten a normas legales y reglamentarias.

   Ésta ha sido la única concesión del Grupo Socialista respecto a las críticas del resto de partidos a la Ley de la Carrera Militar y a las peticiones de que se aprovechara el trámite de la ley de derechos y deberes para modificar algunos de los aspectos más conflictivos de la anterior ley, en vigor desde el 1 de enero de 2008.

   De hecho, estas enmiendas no podrán ser votadas siquiera, ya que el Gobierno ha alegado razones presupuestarias para impedir su admisión a trámite. Consideraba el Ejecutivo que su aceptación supondría un aumento del gasto público.

EL PP QUIERE UNA NUEVA LEY DE LA CARRERA EN SEIS MESES

   No obstante, una de las tres enmiendas que el PP llevará a la Comisión de este martes exige al Gobierno que remita al Congreso de los Diputados en el plazo de seis meses un proyecto de ley que modifique la Ley de la Carrera Militar y, en concreto, el actual sistema de integración de escalas, estableciendo un periodo transitorio de aplicación del nuevo sistema de evaluación para el ascenso.

   Otra de las enmiendas que mantiene el PP pide que se vele por "a escolarización de los hijos de los militares, la salvaguarda de sus lenguas maternas y la no imposición de escolarización en aquellas lenguas cooficiales de comunidades autónomas cuando no fuera las suyas".

   Para el PP, éste es un "problema real" que causa "graves trastornos" a las familias de los militares y en especial a sus hijos menores, por lo que debería ser atendido. No se contenta este partido con la propuesta de los socialistas, que han introducido en el proyecto la protección a "la escolarización" de los hijos, sin hacer mención expresa a las lenguas.

   Después de su votación en la Comisión de Defensa, el texto resultante será llevado al Pleno el día 3 de mayo, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias. Después, será remitido al Senado, donde también podrá ser objeto de modificaciones. De no producirse cambios, el proyecto de ley podría ver la luz verde definitiva en la Cámara Alta.
 

viernes, 8 de abril de 2011

MÁS RUPTURAS MATRIMONIALES

Castilla-La Mancha contabilizó 4.400 rupturas matrimoniales en 2010

  Castilla-La Mancha ha registrado un total de 4.400 rupturas matrimoniales en el año 2010, lo que la sitúa como la tercera región con más rupturas, pero la novena con el mayor crecimiento respecto a 2009, un aumento de 228 rupturas.

   Así se desprende de un informe del Instituto de Política Familiar (IPF) a partir de datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que además destacan que el ranking lo lidera Andalucía, con más de 24.000 rupturas; Cataluña (23.237) y Madrid (17.531).

   Por el contrario, La Rioja con 672 rupturas seguida de Navarra con 1.364 rupturas y Cantabria con 1.579 son las comunidades que han registrado menos cantidad de ruptura familiar.

   En niveles relativos, ha sido Extremadura la comunidad donde más ha crecido (un 7,9%) la ruptura familiar con respecto al 2009, seguido de Cantabria (6,9%), Castilla-La Mancha (5,47%) y la Comunitat Valenciana (4,61%).

   Del total de las rupturas, 2.287 fueron consensuadas, 1.800 no consensuadas. De ellas, 208 fueron separaciones consensuadas, y 103 no consensuadas. Asimismo se registraron un total de 2 nulidades.

   A nivel nacional, en 2010 las rupturas definitivas (divorcios) fueron 119.513 alcanzando el 93,6 por ciento de las rupturas totales, frente al 93 por ciento de 2009. Las separaciones ascendieron a 7.960 y representaron el 6,24 por ciento de las rupturas, frente al 7 por ciento que supusieron en 2009.

   En 2010, las rupturas conflictivas alcanzaron las 51.348 rupturas y supusieron el 40,23 por ciento de las rupturas, de modo que cuatro de cada diez rupturas fueron conflictivas, lo que consolida las cifras de 2009.

lunes, 14 de marzo de 2011

EL SUPREMO NO SUSPENDE LOS 110

Postpone las decisión de adoptar las medidas cautelares pedidas hasta escuchar al Gobierno y a los demandantes 
El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que no procede suspender de momento la limitación de velocidad a 110 km/h impuesta por el Gobierno desde el pasado 7 de marzo en autovías y autopistas como medida de ahorro energético. No obstante, el tribunal, que todavía no se ha pronunciado sobre si el nuevo límite es legal o no, ha convocado en los próximos cinco días al Gobierno para valorar si procede suspender cautelarmente la nueva limitación mientras estudia el recurso.
La empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' presentó el pasado lunes un recurso contra el nuevo límite ante el tribunal en el que pedía que se suspendiera de manera cautelar, con carácter "provisionalísimo" (antes de escuchar a las partes), la nueva limitación.
En el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo rechaza esta petición y señala que tomará la decisión sobre si suspender temporalmente la limitación de velocidad a 110 km/h en autopista y autovía mientras estudia el recurso, tal y como pide Dvuelta y 'Movimiento140, después de escuchar al Gobierno y a los demandantes.
El Supremo recuerda que para que proceda adoptar una medida cautelar sin escuchar a las partes es preciso que "concurran circunstancias de especial urgencia" que se sumen a las razones para adoptar medidas cautelares. Sin embargo, el tribunal argumenta que, en este caso, no hay "razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado".
Asimismo, el Supremo recuerda que la limitación a 110 km/h se trata de "una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico" por los que se tomó la medida, por lo que considera que antes de decidir si suspende temporalmente o no el nuevo límite para autopistas o autovías mientras estudia el recurso hay tiempo para escuchar las razones del Gobierno.
En este sentido, señala que la tramitación de las medidas cautelares pedidas por Dvuelta y 'Movimiento140', aún cuando se espere a escuchar al Gobierno, será "lo suficientemente rápida como para que concluya en fecha muy anterior al referido plazo de cuatro meses", que es el tiempo en el que va a estar en vigor de momento la nueva limitación.
 
RECURSO DE DVUELTA Y 'MOVIMIENTO140'
 
En el recurso presentado por Dvuelta y 'Movimiento140', ambas entidades argumentan que el Real Decreto es contrario a la Ley de Tráfico, ya que fija con carácter general un límite de velocidad sin atender a los "únicos criterios" que, en opinión de los demandantes, el Gobierno puede tener en cuenta según la Ley de Tráfico: la seguridad vial.
Para esta compañía y esta plataforma, sería necesaria una modificación de la Ley de Tráfico, con su consiguiente trámite parlamentario, para que, haciendo uso de ella, el Gobierno pueda modificar los límites de velocidad atendiendo únicamente a criterios de ahorro energético.
"El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen", subrayan.
Asimismo, los demandantes señalan que el Gobierno podría haber invocado, tras información pública de tal situación, el estado de escasez de suministro petrolífero, como expresa la Ley del Sector de Hidrocarburos, para modificar los límites de velocidad, pero recuerdan que el Ejecutivo ni ha utilizado la Ley del Sector de Hidrocarburos ni ha reconocido que España se encuentre en esa situación.
Dicha Ley especifica que, previamente a una medida como la aprobada, el Gobierno tiene que declarar expresamente que el país se encuentra en situación de "escasez de suministro petrolífero", situación que no se ha producido, por lo que, a juicio de Dvuelta y Movimiento140, el Real Decreto "vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos".
Por otro lado, Dvuelta y Movimiento140 indican que al rebajar el límite de velocidad, "la norma modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico sin tener en cuenta el bien jurídico protegido". "Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica, por cuanto no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos", subrayan. Dvuelta aconseja recurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110 ..

viernes, 11 de marzo de 2011

DETENIDO EN BARAJAS

Detenido cuando huía a Rumanía tras intentar matar a su mujer

   Agentes del Cuerpo Nacional de Policía del aeropuerto Madrid-Barajas han detenido a un hombre de 38 años, A.A.H.A., de nacionalidad rumana, cuando intentaba huir a su país de origen tras intentar matar a su ex mujer en la localidad ciudadrealeña de Alcázar de San Juan.
   En nota de prensa la Subdelegación del Gobierno ha explicado que al detenido se le acusa de un presunto delito de homicidio en grado de tentativa cometido sobre su esposa, de la que se encontraba en trámites de divorcio.
   Los hechos ocurrieron en el domicilio de la víctima, en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), el pasado viernes 4 de marzo. Tras la agresión, el ahora detenido consiguió huir, siendo su ex mujer la que presentó la denuncia de los hechos.
   Así, las gestiones policiales llevadas a cabo dieron como resultado su localización en el aeropuerto madrileño este domingo, 6 de marzo, cuando se disponía a viajar hacia Rumanía en avión.
   El Juzgado de Instrucción número 43, en funciones de Guardia, en Madrid, ha ordenado el ingreso en prisión del detenido, inhibiéndose de las actuaciones a favor del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcázar de San Juan.