Valdeolivas&García ABOGADOS

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miércoles, 11 de abril de 2012

JORNADA SOBRE "LA REFORMA LABORAL"

JORNADA SOBRE "LA REFORMA LABORAL"
El próximo viernes día 20 de Abril, con la colaboración de la Asociación "Foro Social", el Colegio de Graduados Sociales de Ciudad Real, y la Escuela de Prácticas Jurídicas del Iltre. Colegio de Ciudad Real, la Agrupación de Jóvenes Abogados de Ciudad Real, celebra una jornada con el tema "LA REFORMA LABORAL", en esta ocasión contaremos con cuatro ponentes que expondrán diversos aspectos sobre la última reforma laboral, en tres ponencias, y para finalizar se realizará una mesa redonda.

lunes, 9 de abril de 2012

MEDIACION GRATUITA

Los juzgados de Valencia disponen desde hoy de servicio gratuito de mediación familiar y civil

Este lunes entra en funcionamiento un nuevo servicio en los juzgados de Valencia: la mediación para asuntos civiles y de familia. Todos los juzgados del orden civil y de familia podrán derivar a este servicio aquellos asuntos que el/la juez perciba, por su entidad y por la voluntad de las partes, que son susceptibles de resolverse a través de la mediación.

Este nuevo itinerario puesto a disposición de los ciudadanos para resolver conflictos que han llegado a los juzgados es el resultado del Convenio suscrito recientemente entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (Icav), y está al amparo de la nueva Ley de Mediación, recientemente aprobada.

En la redacción de dicho convenio participó la Fiscalía Provincial de Valencia, agente también fundamental en la ejecución de este servicio y cuyas propuestas fueron recogidas en la elaboración del texto que ahora sirve de guía y referencia para la mediación intrajudicial que estrenan los juzgados de la ciudad de Valencia. Y cuenta con el respaldo del Tribunal Superior de Justicia.
Para su ejecución, el Icav ha puesto a disposición una bolsa de más de 60 letrados especializados en mediación que prestan su colaboración de manera desinteresada. El Decanato de Valencia, contando con la colaboración de la Conselleria de Justícia, ha dispuesto unas dependencias para que se realicen las oportunas entrevistas entre las partes en conflicto y el letrado especializado.

Cuando el/la juez encuentre posible que el conflicto que se le ha planteado puede ser resuelto por mediación, lo comunicará a las partes y, si éstas aceptan, las remitirá al servicio disponible, gratuito, ubicado en el decanato de Valencia. Desde el juzgado se localizará al mediador/a, hay un número de contacto que funciona a modo de guardia diaria de lunes a viernes. Será entonces cuando se realice la primera entrevista. En el caso de que las partes, una vez entrevistadas por el mediador/a expresen su voluntad de recorrer este itinerario para resolver el conflicto que las enfrenta, el resto de reuniones se realizará en la sede del Icav. Optar por la mediación es absolutamente voluntario por las partes y todo el proceso está tutelado por el /la juez.

Este servicio de mediación intrajudicial se pone en marcha después de haber realizado experiencias varias; por primera vez está a disposición de todos los juzgados del orden civil y de los competentes en materia de familia; se suma a los servicios desarrollados ya durante el último año por el Decanato de Valencia en otras materias para optimizar los recursos existentes; se propone iniciar una dinámica que pueda fácilmente extenderse al resto de partidos judiciales; y evidencia el compromiso por mejorar y ampliar la atención al ciudadano.

Los ciudadanos que tienen conflictos que enfrentan a parejas separadas o divorciadas, reclamaciones por herencias, por indemnizaciones, por impagos, por contratos incumplidos, por daños materiales a consecuencia de un servicio defectuoso... tienen una nueva posibilidad de encontrar una compensación justa a su reclamación. Además, iniciar el recorrido de la mediación no supone renunciar al procedimiento abierto en el juzgado.

La mediación intrajudicial supone una posibilidad cierta, siempre con la voluntad de las partes, de lograr superar un conflicto con la seguridad y la garantía de la tutela judicial. Permitirá reducir los tiempos de inversión en alcanzar una respuesta porque la mediación, lógicamente, no precisa de la práctica de pruebas inexcusable en el procedimiento judicial. Además, permite participar de forma directa y personal en la solución, favorece el compromiso entre los intervinientes en el conflicto. El acuerdo alcanzado, tras la supervisión judicial, que evitará cualquier temor de abuso o desprotección de una parte frente a otra, tendrá el valor de sentencia judicial.

jueves, 22 de marzo de 2012

CHARLA-COLOQUIO "LA MEDIACIÓN"

Charla-Coloquio:
"LA MEDIACIÓN"
El próximo día 30 de marzo, viernes, celebraremos una nueva Charla-Coloquio sobre “LA MEDIACIÓN”. En esta ocasión nos trasladamos a Alcázar de San Juan, en la que contaremos con D. Emiliano Gragera Alía, Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º 3 de Alcázar de San Juan.

La charla se celebrará en los Salones Mabel, de Alcázar de San Juan, a las 12:30 horas, y tras la misma para aquellos compañeros que queráis acompañarnos se realizará una comida en la que de una forma más distendida podremos seguir hablando sobre ese tema.
La Charla-Coloquio es gratuita, y la comida para los agrupados tiene un precio de 10 Euros, y para los no agrupados de 18 Euros.

Recordad que es necesaria vuestra inscripción, por temas organizativos, a nuestro correo electrónico jovenabogadocr@gmail.com.

miércoles, 29 de febrero de 2012

MANOS UNIDAS EN ALCAZAR

"De mayor quiero ser soldado"
Éste es el título de la película que se proyectará mañana día 1 de marzo en los cines "CineMancha" de Alcázar de San Juan con el fin de recaudar dinero para Manos Unidas que lo destinará al proyecto "La Salud, derecho de todos" que se llevará a cabo en Kisangani (R. del Congo), donde se construirá un Hospital, un pozo y medicamentos, entre otras necesidades.
Desde este despacho de abogados en Alcázar de San Juan, V&G abogados invita a la colaboración en este proyecto que, casi con toda seguridad, contará con nuestra asistencia.
El coste de la entrada es de 5 € y habrá dos sesiones, una a las 20:00h y otra a las 22:30h.

jueves, 9 de febrero de 2012

CONDUCTOR "EBRIO"

Una sentencia del Supremo da la razón a un conductor ebrio que chocó contra un coche cuyos tres ocupantes fallecieron

 

Fotografía y noticia: aranzadi.es noticiasVelocímetro

(EUROPA PRESS) -
Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a un joven que en septiembre de 2004, mientras conducía bajo los efectos del alcohol entre Artà y Port d'Alcúdia, perdió el control del vehículo y chocó contra otro cuyos tres ocupantes fallecieron como consecuencia del siniestro. El autor de los hechos fue condenado a dos años de cárcel por tres delitos de homicidio y a que indemnizase a la familia de las víctimas con 194.321 euros, pago que fue adelantado por la aseguradora si bien ésta acabó por demandarle para reclamarle la cantidad.

Tras ser examinada por varias instancias judiciales, el Alto Tribunal finalmente ha desestimado la petición de la empresa de seguros al alegar ausencia de dolo por parte del joven, quien además contaba con un seguro voluntario que cubría el riesgo de conducción en estado de embriaguez. Se trata de una de las escasas resoluciones favorables que el Supremo ha dictado en relación con este tipo de casos, cuya jurisprudencia no está exenta de controversia.

Y es que, a pesar de que la Ley del Contrato del Seguro establece el deber de pagar que pesa sobre el asegurado si el siniestro ha sido causado "con mala fe", el TS considera en su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que no puede equipararse embriaguez en la conducción con mala fe, pues "no toda situación de riesgo es comparable al dolo y de hecho en vía penal se suele calificar como homicidio imprudente", como así ha sucedido en este caso.
 
Es más, la resolución del TS alega que tanto la compañía de seguros como el conductor y su padre -propietario del vehículo siniestrado-,  habían pactado antes del accidente un seguro complementario que ampliaba el obligatorio y que, en beneficio del asegurado cubría el riesgo de conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas. Por tanto, la indemnización a favor de los descendientes de los fallecidos únicamente debía correr a cargo de la aseguradora.
 
Se trata de la misma interpretación que hizo el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Manacor, ante el cual la aseguradora interpuso su demanda para reclamar los 194.321 euros y que fue desestimada. La decisión fue recurrida por Zurich ante la Audiencia Provincial de Baleares que, por su parte, condenó a los asegurados a abonar la cantidad solicitada al considerar "dolosa" la actitud del conductor por ir ebrio al volante y provocar de esta forma "evidentes riesgos circulatorios", además de fundar su sentencia en la Ley del Seguro y no en el contrato suscrito entre la aseguradora y los demandados.

Así las cosas, éstos decidieron acudir a la Sala de lo Civil del Supremo para recurrir la condena en casación, alegando la existencia del seguro voluntario y la aplicación indebida de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Argumento que sí aceptó el Alto Tribunal, que finalmente acordó estimar la impugnación de los asegurados fundamentando su resolución en otras dos sentencias del mismo tribunal dictadas en el mismo sentido en relación a otros casos similares. 

jueves, 2 de febrero de 2012

CAFÉ-ABOGAD@S

CAFÉ-ABOGAD@S

-Alcázar de San Juan-
Se organiza un café entre abogados de Alcázar de San Juan para debatir sobre algunos problemas que afectan a la profesión y planteamiento de nuevas propuestas.

Día: 24 de febrero de 2012
Lugar: La Viña-E (plaza de España)
Hora: 17:30
Precio: 3 euros/persona
Plazas limitadas: 20 personas
Inscripción obligatoria en:
eduardogarcia@icacr.es

viernes, 27 de enero de 2012

RECHAZO A UN AGOSTO "HÁBIL"

Rechazo del Colegio de Abogados de Ciudad Real a que el mes de agosto sea hábil para cuestiones procesales

Ante los nuevos anuncios realizados por el actual Ministro de Justicia, desde este despacho de abogados de Alcázar de San Juan, reproducimos el comunicado realizado por el Ilustre Colegio de Abogados de Ciudad Real, donde se recoge el parecer general de los colegiados de la provincia.


“Ante el anuncio del Ministro de Justicia de habilitar el mes de agosto para todas las actuaciones procesales, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados quiere expresar su rechazo unánime a dicha propuesta. El problema de la Administración de Justicia no es el mes de agosto sino los 11 meses restantes. De adoptarse tal medida se incrementaría de forma notable el número de juicios que se suspenderían debido a la incomparecencia de partes, testigos y peritos ya que, como es obvio, en el mes de agosto es cuando la mayoría de los españoles disfrutan de sus vacaciones, razón que motivó en su día la inhabilitación de agosto respondiendo al sentir general de todos cuantos actúan en la Administración de Justicia. Además se produciría, probablemente, una ralentización del funcionamiento de la justicia en los meses de julio y septiembre al tener que repartir en ese periodo sus vacaciones jueces y funcionarios.
La medida atentaría además contra los derechos de los Abogados, sobre todo en el caso de pequeños despachos y de quienes ejercen de forma individual, ya que, actualmente, en los 11 meses restantes, los mismos no pueden alegar situaciones de descanso para suspender plazos o términos procesales.
Es preciso aclarar que la vigente inhabilitación del mes de agosto opera sólo en el ámbito civil y contencioso-administrativo, ya que todo el mes de agosto es hábil para tramitar asuntos laborales y penales y, de hecho todos los Servicios de Guardia del Turno de Oficio del Colegio de Abogados (Asistencia a Detenidos, Juicios Rápidos, Violencia de Género y Extranjería) están plenamente operativos en el mes de agosto al igual que las 24 horas de cualquiera de los 365 días del año.
Por todo ello, por su ineficacia y por atentar contra los derechos de los Abogados, se expresa el rechazo a tal propuesta.” 

miércoles, 11 de enero de 2012

GRITOS DE LIBERTAD

"Habrá un día en que todos, al levantar la vista, veremos una tierra que ponga Libertad"
Con esta cita textual del presidente del CGAE Carlos Carnicer comienza el libro Gritos de libertad. Se trata de una obra con 40 fotografías que forman parte de la exposición homónima, organizada por el Consejo General de la Abogacía Española, la Fundación CGAE, los Colegios de Abogados de España, la ONG Espíritu Social y la Escuela de Fotografía EFTI.

Como dice el propio manual, se trata de un elenco de fotografías de grandes fotógrafos consagrados y fotografías de grandes fotógrafos aficionados. Gritos de libertad soñadores, reivindicativos, terribles, bucólicos, conceptuales, realistas... 40 gritos que manifiestan la realidad del mundo en que vivimos, donde la seguridad pelea por imponerse sobre la libertad y muchas veces lo consigue. ‘Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...'.
Gritos de libertad, obra de 1.500 ejemplares en la que Thomson Reuters Aranzadi ha querido colaborar, realizando la impresión y donando al Colegio de Abogados de Pamplona 100 ejemplares para su distribución en la junta de Navidad. Un libro que cuesta 10 euros, pero que vale mucho más, pues los beneficios íntegros van a ir a parar a Reporteros sin Fronteras. Habrá un día en que todos, al levantar la vista, veremos una tierra que ponga Libertad.
 

NUEVA DIRECTIVA

La Candidatura encabezada por Rocío Márquez fue la más votada

Con dieciocho votos de diferencia, la candidatura de Aja Dos Mil Doce fue la ganadora en el escritinio para dirigir la Junta Directiva de la Agrupación de Jóvenes Abogados durante dos años.
Tras una campaña electoral intensa, galonada de las fiestas de Navidad, la jornada electoral transcurrío con normalidad y con una participación elevada, demostrando la gran implicación, que desde los agrupados, se va adquiriendo a la hora de participar en el futuro de la profesión.
Desde este Despacho de abogados en Alcázar de San Juan, le damos la enhorabuena a las dos candidaturas por dar un buen ejemplo de competitividad y juego limpio dentro de la profesión.
A la nueva Junta le deseamos todos los aciertos en beneficio de los Agrupados y del futuro de la profesión.

lunes, 9 de enero de 2012

¿ABANDONO FAMILIAR?

Un juzgado de Palencia imputa a los padres de un niño autista por negarse a llevarlo a un colegio de educación especial


(EUROPA PRESS) -
El Juzgado número 1 de Primera Instancia de Palencia ha imputado a los padres de un niño autista de ocho años por un delito de abandono familiar tras negarse a escolarizar a su hijo en un centro de educación especial.
La Asociación para la Solidaridad Comunitaria de las personas con Diversidad Funcional y la Inclusión Social (Solcom), que mañana ofrecerá una rueda de prensa para analizar el caso, ha mostrado su apoyó a los progenitores del menor ya que considera que están ejerciendo un derecho que recoge el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada el 10 de Diciembre de 1948.
El mismo dice que "los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos", por lo que no considera justo que ahora "se vean imputados en un procedimiento penal".
"Tanto Azucena como José Alberto están defendiendo los derechos de su hijo a una educación en igualdad de condiciones con el resto de otros menores de su misma edad", ha indicado Solcom, así como a no ser discriminado por la diversidad funcional que tiene.Por tal motivo, los padres de Daniel rehusaron "condenar" a su hijo a la segregación en un centro de educación especial al que fue enviado de manera obligatoria por la Delegación de Educación de Palencia y ahora se encuentran imputados por un supuesto delito de abandono familiar.
Además, Solcom ha recordado que los niños con autismo "ya no deben ser considerados y tratados como enfermos", sino como ciudadanos con derechos, que están siendo discriminados por su diferencia, un cambio de visión que ya ha ocurrido con otros colectivos, como el de mujeres, gays, lesbianas y transexuales, añade.

miércoles, 4 de enero de 2012

martes, 27 de diciembre de 2011

EMPRESAS PUBLICAS Y DESPIDOS

Un juez alega que empresas públicas no pueden despedir por razones económicas

 

(EFE).- Un juzgado social de Barcelona alega en una sentencia que la Generalitat no puede despedir a empleados de sus empresas por motivos económicos porque las empresas públicas no persiguen el mismo fin de obtener beneficios que las privadas, motivo por el que revoca el despido de 19 trabajadores del Incasòl.
 
La sentencia, dictada por el Juzgado Social número 12 de Barcelona, declara nulos los despidos de los 19 trabajadores del Institut Català del Sòl (Incasól) y obliga a la administración catalana a readmitirles y pagarles los sueldos que han dejado de cobrar.El magistrado argumenta en la sentencia que los despidos del Incasòl han implicado una extinción de contratos de trabajo de los que no se han ofrecido información justificativa a los representantes laborales.
 
Además, indica que los nuevos responsables del Incasòl debieron seleccionar a quienes despedía en función de "su desempeño, conducta profesional, rendimiento y el logro de resultados mediante sistemas de evaluación, que se deberían adecuar a criterios de transparencia, objetividad e imparcialidad". Constatadas estas carencias, la sentencia tacha de "arbitrarios" los despidos y los declara nulos, con la obligación de readmitir a los trabajadores y abonarles los salarios desde la fecha de su despido, en marzo de este año, hasta el momento en el que vuelvan a su puesto de trabajo.
 
Pero el juez no se queda ahí y dice que, si se presentara recurso a esta sentencia por parte del Incasòl, las causas objetivas de carácter económico y productivo argumentadas en las cartas de despido serían también "negativas". Así, considera que la finalidad del Incasol "está orientada a satisfacer intereses generales de la sociedad en relación con algo de tanto interés social como es el suelo y la vivienda, la remodelación de zonas urbanas, la creación de espacios libres y zonas verdes, dotaciones y equipamientos".
Añade que, como una entidad de la administración pública a la que se le atribuye una finalidad indiscutiblemente social, "sus resultados no puedan medirse ni valorarse con los mismos parámetros finalistas de beneficios o pérdidas inherentes a las sociedades capitalistas privadas".

El juez recuerda que la doctrina de los tribunales laborales ya ha declarado que resulta difícil la admisión de la causa económica para fundamentar el despido objetivo de entes dependientes de las administraciones públicas y ello debido a la ausencia de finalidad lucrativa y de obtención de beneficios inherentes a estas administraciones, y cita sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de Valencia y del País Vasco.

También cita en este mismo sentido las recientes sentencias del Juzgado de lo Social número 11 de Barcelona, en el que se trataba de despidos en el Servicio Meteorológico de Cataluña, y del Social número 9, en el caso de otros en el Instituto Cartográfico de Cataluña

viernes, 4 de noviembre de 2011

MEDIACION CIVIL INTRAJUDICIAL

Mediación Civil Intrajudicial, potencia el acuerdo entre las partes para resolver conflictos en procedimientos civiles 

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha otorgado al Juzgado de Primera Instancia número 73 de Madrid el premio 2011 a la 'Justicia Más Accesible' por su proyecto piloto de Mediación Civil Intrajudicial, que potencia el acuerdo entre las partes para resolver conflictos en procedimientos civiles.
El premio es uno de los tres galardones que concede cada año el CGPJ a los órganos judiciales de toda España y a las entidades públicas que más colaboran en el reto de alcanzar una justicia de mayor calidad.
Los resultados del proyecto piloto demuestran que el porcentaje de casos cerrados con acuerdo de mediación fue del 77%, sensiblemente por encima de la media de otras experiencias parecidas.
Entre los asuntos objeto de la mediación destacaron las divisiones de herencia, la disolución de comunidades de bienes, las actividades molestas en las comunidades de propietarios o las reclamaciones de cantidad, por impago de facturas, por daños y perjuicios, entre otros.
El proyecto galardonado, puesto en marcha a principios de 2010, ha contado con la colaboración del Colegio de Abogados de Madrid, y en él han participado dos licenciadas en derecho y una licenciada en sociología del Servicio Civil de Mediación.
El titular del Juzgado de Primera Instancia número 73 de Madrid, Luis Aurelio González Martín, ha considerado que «con la mediación, la justicia se hace más accesible al ciudadano porque se siente protagonista de su administración».
El CGPJ ha valorado el esfuerzo de este juzgado de Madrid al implementar la mediación para descongestionar la carga de trabajo, hacer el proceso más rápido y menos costoso y doloroso para las partes, con lo que se reducen los efectos negativos que conlleva cualquier conflicto. 

jueves, 27 de octubre de 2011

"INTENTO DE PHISHING"

 
Es un correo electrónico con el asunto “Registro de Propiedad” que proviene del remitente “Registradores de Espana” (registradores@reg.org).
Es un correo malicioso que debe ser borrado del sistema, sin pinchar los enlaces.
En caso de duda sobre la autenticidad de cualquier comunicación en nombre de Registradores de España pueden dirigirse al teléfono de Atención al Cliente 902 734 375.
Madrid, 26 de Octubre de 2011.- El Colegio de Registradores ha detectado que está circulando por Internet un correo electrónico que utiliza de forma fraudulenta el nombre y la imagen de los Registradores de España.
El email, que proviene de la cuenta cuyo supuesto remitente es “Registradores de Espana” (registradores@reg.org), indica en el asunto “Registro Propiedad” e informa a los ciudadanos que reciben este correo de su obligación de registrarse en una base de datos falsa con motivo de una ley falsa.
El Colegio de Registradores alerta a todos los ciudadanos de que ese email no ha sido generado por los Registradores ni por el Colegio y debe ser eliminado sin pinchar en los enlaces, ya que llevan a un formulario donde se solicitan tanto datos personales y credenciales bancarias con intención de hacer uso fraudulento de los mismos.
El Colegio de Registradores informa de que las direcciones de correo electrónico destinatarias no han sido obtenidas de sus sistemas ni dicho correo ha sido enviado a través de sus sistemas.
El Colegio de Registradores ha puesto en marcha los mecanismos necesarios para luchar contra este fraude, y recuerda a todos los ciudadanos que, en caso de duda sobre la autenticidad de cualquier comunicación por parte del colectivo, pueden dirigirse a su teléfono de Atención al cliente 902 734 375. 

miércoles, 26 de octubre de 2011

ROCK GUARDIÁN-SIGNO

Un "poquito" de buena música rock del grupo musical SIGNO desde Alcázar de San Juan 

lunes, 17 de octubre de 2011

CONDENAS EN EL CASO "MARI LUZ"

El Tribunal Supremo decide el 2 de noviembre sobre las condenas a los Del Valle por el caso 'Mari Luz' 
 
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deliberará el próximo 2 de noviembre a puerta cerrada sobre la condena a 22 años de cárcel a Santiago del Valle y a nueve años de prisión a su hermana Rosa impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva por la muerte de la menor Mari Luz Cortés.
En una Sala presidida por el magistrado Juan Saavedra, los magistrados José Manuel Maza, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Manuel Marchena estudiarán los recursos interpuestos por los dos acusados contra la sentencia dictada el pasado marzo por la Audiencia de Huelva. El ponente de la resolución sobre este asunto será el magistrado Manuel Marchena.
 
El letrado de Santiago del Valle, presentó el pasado 10 de mayo un recurso de casación ante el Supremo al entender que se había producido un quebrantamiento de forma y se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia.
 
Según explicó a Europa Press, el quebrantamiento de forma tuvo lugar porque, a su parecer, el tribunal «tendría que haber concedido la práctica de una prueba que denegó», refiriéndose a la testificación del agente de Policía Local que le tomó declaración al taxista, el cual dijo en el juicio que vio sobre las 18,00 horas del día 13 de enero a los hermanos Del Valle, en presencia de Isabel García, mujer de Santiago, metiendo en el maletero un carrito de la compra en la Avenida de las Flores, en la barriada de El Torrejón.
 
Se basa en esta testifical para defender la inocencia de su cliente, ya que si esto es así, es «imposible» lo que aseguraron los dos geólogos de la Universidad de Huelva (UHU) sobre el cuerpo de la menor que, según sus informes, fue arrojado al agua el 13 de enero entre las 16,40 y las 17,40 horas, o bien doce horas más tarde, coincidiendo en ambas posibilidades con momentos antes de la pleamar.
 
Del mismo modo, el abogado recurrió la sentencia al considerar que se había vulnerado el derecho de presunción de inocencia de su cliente, ya que «no existen pruebas suficientes» para determinar que Santiago del Valle matara a Mari Luz.
 
Por su parte, el letrado de Rosa del Valle, también presentó recurso de casación ante el TS porque a su juicio, se produjo quebrantamiento de forma, infracción de ley y vulneración del principio constitucional.
 
En declaraciones a Europa Press, precisó que el quebrantamiento de forma ha tenido lugar porque, a su parecer, el tribunal «tendría que haber concedido la práctica de una prueba que denegó», refiriéndose a la pericial del forense contratado por los padres de la familia de Mari Luz para realizar una segunda autopsia al cadáver de la niña, a la que posteriormente renunciaron.
 
También considera que en el caso de la mujer se vulneró la presunción de inocencia de Rosa del Valle, ya que en la sentencia «no se prueba que existiera una conversación» con su hermano Santiago del Valle. El tercer y último motivo por el que presentó este recurso de casación es por infracción de la ley porque el tribunal ha considerado «cómplice de asesinato a Rosa y no lo es».
 
CONDENAS
 
Santiago del Valle fue condenado el 18 de marzo a la pena de 19 años de prisión por un delito de asesinato y a la de tres años por un delito de abuso sexual, mientras que a su hermana condenada a nueve años de prisión como cómplice de asesinato.
 
La sentencia les prohibió, además, residir en Huelva así como de aproximarse y comunicarse con los familiares de la víctima, sus padres, hermanos, tíos y abuelos por cualquier medio o procedimiento, durante 32 años para Santiago del Valle y de 19 años para Rosa del Valle.
 
Asimismo y como condenan a los acusados a penas superiores a cinco años de prisión, han acordado expresamente y dada la gravedad de los hechos y de los delitos que, en su caso, la clasificación en tercer grado penitenciario no pueda producirse antes del cumplimiento de la mitad de la condena total impuesta.
 
También fueron condenados a indemnizar en concepto de daños y perjuicios a Juan José Cortés Fernández e Irene Suárez Fernández en la cantidad de 122.000 euros y a cada uno de los hermanos de la víctima J.J. y D. en la cantidad de 22.000 euros. Igualmente y en concepto de daño moral añadido, la sentencia recogía que indemnizarán a sus padres y hermanos en 19.000 euros por los días que transcurrieron entre la muerte de la menor y el descubrimiento del cadáver, no obstante Santiago ha sido declarado insolvente y Rosa parcialmente insolvente.
Informó Europa Press 

martes, 11 de octubre de 2011

"OTROS Y NO YO"

Libro recomendado por Mª Dolores Valdeolivas Morales para la buena lectura
"Otros y no yo" es el título de un libro publicado por un admirado Socuellamino de mi tierra... D. Ignacio Ballestero Medina. Y éste que presento es un ejemplar que tuve la oportunidad de disfrutar. gracias a su hermana y compañera mía de colegio durante mi infancia en el barrio de" La Estación" de mi añorado pueblo de Socuéllamos.
Recomiendo su lectura- no sólo "para hacerle un poco la pelota"...- sino porque realmente me ha conmovido la historia que relata el personaje principal "Santi" en primera persona.
Es la vida de cualquiera de nosotros detenida en esos momentos donde parece que quien se sale de la hoja (de lo establecido) es uno, mientras el mundo sigue y tú necesitas abandonar la carrera porque te falta el aliento para continuar corriendo,
Y un buen día, te decides, y te dices a tí mismo que "se acabó", que "abandonas", pensando "ingenuamente" que es posible empezar de "cero" sin consecuencias para nadie. SÓLO TÚ. Ajenos, por tanto a la realidad de que todo cuanto decidimos siempre afecta "a otros" que son los que suelen pagar el precio de nuestras decisiones,sufriendo las consecuencias "otros y no yo".
La única crítica que le hago a este libro es que, al final, me decepciona... porque no es eso lo que yo -como lector- espero que haga "Santi", yo espero algo más... Me desilusiona bastante -a pesar de todo lo vivido/sufrido- que se empeñe en recoger los pedazos de la vida que dejó atrás, para continuar donde empezó su historia, como si fuera el cordón al que cree que tiene que agarrarse para mantenser unido a la vida.
Y es que, en mi opinión, si bien es cierto que todo cuanto hacemos, decimos y aceptamos/rechazamos ocasiona cambios tanto en nuestro entorno como en las personas que nos rodean; no es menos cierto, que -como bien dice un gran amigo mío- siempre seremos: "dueños de nuestros actos y esclavos de nuestras palabras" ; porque, si no fuera así, el resultado de nuestra presencia en este mundo se reduciría a NADA..

lunes, 10 de octubre de 2011

ANTE LA CRISIS: NUEVAS PROMOCIONES

 V&G Abogados se adapta a los tiempos lanzando nuevas promociones en nuestros servicios jurídicos
 En V&G Abogados sabemos que los tiempos que corren no son fáciles para nadie, por eso, y porque nos ajustamos a las necesidades y circunstancias económicas de nuestros clientes -que han colapsado nuestra sección de "Consultas Gratuitas on line"- ahora ponemos a su disposición la sección "PROMOCIONES" en la WEB de este DESPACHO DE ABOGADOS.
En BREVE... también subiremos los videos promocionales!.....
Por ahora.... encontraréis unas asequibles CUOTAS ANUALES pinchando en nuestro logo. 
Estamos convencidos de que estas TRES PROMOCIONES que hemos lanzado a través de nuestra página, y que podrá encontrar, de forma personal, en nuestro despacho situado en pleno centro de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), van a cubrir TOTALMENTE SUS NECESIDADES en los ámbitos que entendemos más importantes en la vida de cualquier persona:
LA FAMILIA, LA CONDUCCIÓN Y EL TRABAJO DE AUTÓNOMOS-EMPRESAS, ya estén asentadas o "en construcción".

jueves, 6 de octubre de 2011

LA "NEGLIGENCIA" DE UN JUEZ

El magistrado defiende su "independencia" y reconoce que ha podido cometer "errores" 

 La Fiscalía ha pedido la libre absolución del juez de Familia Francisco Serrano, acusado de prevaricación por prorrogar el régimen de visitas de un padre divorciado a su hijo, al considerar que no ha quedado acreditado que la resolución se dictara "dolosamente", aunque sí "de manera imprudente".
La Fiscalía, que inicialmente acusaba al juez de Sevilla de un delito de prevaricación dolosa por el que le pedía 10 años de inhabilitación, ha modificado hoy sus conclusiones provisionales durante la última sesión del juicio que se celebra en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada.
 
El Ministerio Público ha justificado su cambio de postura en su consideración de que los hechos no constituirían delito, aunque entiende que el juez actuó de forma negligente al obviar algunos elementos de prueba que podía haber practicado, como dar audiencia a la Fiscalía o a los padres del menor.
 
Por todo ello, ha solicitado la libre absolución del juez, que se enfrenta no obstante a una petición de 20 años de inhabilitación que le solicita la acusación particular, que ejerce la madre del menor.
Tanto la acusación particular como la defensa, que pide la libre absolución del juez, han elevado a definitivas sus conclusiones provisionales
 
INDEPENDENCIA
 
Por su parte, el juez Serrano, ha defendido en la última sesión de la vista su "independencia" y su "imparcialidad", aunque ha reconocido, que, como humano, ha podido cometer errores.
 
Haciendo uso de su derecho a la última palabra, el magistrado se ha dirigido a la Sala para recordar que fue en el mismo lugar donde ha sido enjuiciado donde fue designado juez en 1990 y donde tomó posesión como titular de Familia en mayo de 1998. "Desde 1990 he procurado ser fiel y cumplir los principios que juré, de independencia, de imparcialidad, y de sometimiento al imperio de la ley", ha afirmado.
 
El magistrado, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha reconocido que, en ocasiones, la "praxis", la "lex artis" y la "ortodoxia" son difíciles de poner por delante de la tutela judicial efectiva, y ha apuntado que "en momentos de urgencia" estas premisas "no da tiempo" a llevarlas a cabo.
 
Además, ha afirmado que durante todo este proceso ha "sufrido", y ha asegurado que en 21 años de profesión nunca se había dado de baja hasta el pasado 7 de julio, por un cuadro de ansiedad. Además, ha resaltado el "dolor", y el "sufrimiento" de aquellas madres, padres, y abuelos que no están separados de sus hijos tan sólo un día y medio, sino meses e incluso años.
También ha dicho que "lo que más daño" le ha hecho ha sido el "dolor" de su familia, de su esposa, que también sufre ansiedad, y de sus hijas, que en el instituto han tenido que soportar afirmaciones como que "tu padre es un prevaricador". Pese a todo, según ha indicado, va a seguir "confiando" en la justicia y se mantendrá "fiel" a la toga que ha vestido, según ha dicho, "con orgullo y con decencia".
 
El juicio ha quedado visto para sentencia con los aplausos de los asistentes, muchos miembros de colectivos por la custodia compartida, que además le han vitoreado a la salida de la Real Chancillería de Granada, teniendo en cuenta que la Fiscalía, que pedía inicialmente para él 10 años de inhabilitación, ha cambiado su acusación para solicitar su libre absolución.
Informó Efe y Europa Press.