Valdeolivas&García ABOGADOS

jueves, 22 de marzo de 2012

CHARLA-COLOQUIO "LA MEDIACIÓN"

Charla-Coloquio:
"LA MEDIACIÓN"
El próximo día 30 de marzo, viernes, celebraremos una nueva Charla-Coloquio sobre “LA MEDIACIÓN”. En esta ocasión nos trasladamos a Alcázar de San Juan, en la que contaremos con D. Emiliano Gragera Alía, Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º 3 de Alcázar de San Juan.

La charla se celebrará en los Salones Mabel, de Alcázar de San Juan, a las 12:30 horas, y tras la misma para aquellos compañeros que queráis acompañarnos se realizará una comida en la que de una forma más distendida podremos seguir hablando sobre ese tema.
La Charla-Coloquio es gratuita, y la comida para los agrupados tiene un precio de 10 Euros, y para los no agrupados de 18 Euros.

Recordad que es necesaria vuestra inscripción, por temas organizativos, a nuestro correo electrónico jovenabogadocr@gmail.com.

miércoles, 21 de marzo de 2012

HUELLA GENÉTICA

Interior defiende la implantación total de la huella genética en la ley procesal y endurecer penas en los delitos por robo
Desde este despacho de abogados de Alcázar de San Juan reproducimos la noticia en relación a las modificaciones legislativas que propone el Ministerio del Interior.
Su titular, Jorge Fernández Díaz, ha avanzado este martes algunas medidas que promoverá su Departamento entre las que se incluye una reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana y en concreto del actual delito de desobediencia/resistencia con el que prevenir y evitar comportamientos violentos contra las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Ha sido durante su comparecencia ante la Comisión de Interior del Senado para dar cuenta de los planes de su Ministerio para la presente legislatura cuando Fernández Díaz ha anunciado que su Departamento va a promover una reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana "muy especialmente en lo relativo a la actualización y clasificación de las infracciones así como de las correspondientes sanciones".
En este sentido, ha explicado que Interior propondrá, "en coordinación con el Ministerio de Justicia, la reforma del actual delito de desobediencia/resistencia que pueda operar una mayor disuasión en relación con comportamientos violentos o gravemente desobedientes de los mandatos de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado".
Según ha dicho, se pretende dotar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "de instrumentos jurídicos eficaces en orden a la consecución de sus objetivos constitucionales y de una convivencia social pacífica".

HUELLA GENÉTICA

Por ello ha apostado también por la total implantación de la huella genética en la legislación procesal, "pues hasta la fecha, a pesar de la interpretación por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional con el máximo rigor, no dejan de suscitarse dudas en orden a la práctica de la extracción de muestras de AND acordada por la autoridad judicial".
Además el ministro ha avanzado alguno de los trabajos de la Comisión Mixta con el Ministerio de Justicia para la reforma del Código Penal. Según ha dicho se elevará la pena del delito de robo con fuerza en las cosas en determinados supuestos, lo que a su juicio "contribuiría a evitar, previniendo con la amenaza de la pena, un mayor número de robos en joyerías y permitiría la adopción por parte del Juez de medidas cautelares personales respecto de los responsables".
También se pretende elevar las penas del delito de robo en casa habitada, "uno de los más graves por el peligroso perfil de su autor en ocasiones con formación paramilitar o militar". Esta reforma prevé además ampliar el catálogo de faltas contra las personas y contra el patrimonio cuya reiteración las convierta en delito, elevar a la categoría de delito cualquier hurto, aparejando penas proporcionadas a la cuantía de lo sustraído pero siempre en el ámbito del delito y no de la falta.
En el ámbito de los delitos patrimoniales (robos, hurtos, apropiaciones indebidas) se crearán figuras delictivas agravadas (tipos penales especiales) en atención a las formas de comisión y agravando en todo caso aquellas que revelen la profesionalidad de sus autores o partícipes. También será un agravante portar armas de fogueo.
El ministro que ha hecho alusión en varias ocasiones habrá restricciones presupuestarias en la actual crisis económica ha admitido que es necesario "modificar de una manera sustancial" los Centro Internamiento de Extranjeros (CIES), si bien ha negado que en los mismos haya "sobresaturación".

lunes, 19 de marzo de 2012

BICENTENARIO CONSTITUCIONAL

Desde este despacho de abogados en Alcázar de San Juan nos unimos al bicentenario de la promulgación de la primera Constitución española.
La Constitución de 1812 es uno de los textos jurídicos más importantes del Estado español, por cuanto sentó las bases de constituciones posteriores. Considerada como un baluarte de libertad, fue promulgada en Cádiz el 19 de Marzo de 1812, día de la festividad de San José, por lo que popularmente fue conocida como “La Pepa”. Compuesta de diez títulos con 384 artículos, es considerada como el primer código político a tono con el movimiento constitucionalista europeo contemporáneo, de carácter novedoso y revolucionario, que establecía por primera vez la soberanía nacional y la división de poderes, como dos de sus principios fundamentales.
La Constitución de 1812 recoge muchos de los principios fundamentales que siguen vigentes en nuestros días. Algunos de ellos los tenemos tan asimilados que parece increíble que en otro tiempo las cosas no fueran iguales. Pero lo cierto es que, en el momento de su proclamación, significaron una auténtica ruptura con lo que existía con anterioridad. Es muy importante mostrar a los ciudadanos que principios que para ellos son tan habituales como la libertad individual, la libertad de prensa, o la inviolabilidad del propio domicilio son derechos que disfrutamos ahora, pero que se planteaban como absolutamente modernos e innovadores en La Pepa. Mostramos aquí un extracto de los principios fundamentales de la Constitución de 1812 explicados en un lenguaje sencillo y también enlazamos con el texto integro.

PRINCIPIOS DESTACADOS DE LA CONSTITUCIÓN


jueves, 15 de marzo de 2012

REFORMA DEL PROCESO PENAL

Gallardón presidirá hoy la constitución de la Comisión que elaborará la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
El Ministerio ha informado en un comunicado de que la "Comisión Institucional para la elaboración de propuesta de texto articulado de Ley de Enjuiciamiento Criminal" se constituirá a las 14.00 horas en el Palacio de Parcent de Madrid.
Las Comisión se reunirá con una periodicidad semanal durante los próximos cinco meses, momento en el que tendrá que elevar su propuesta de texto articulado al Ministerio de Justicia. Los integrantes de estas comisiones no percibirán remuneración salarial por esta dedicación.
El Gobierno ha asegurado que quiere "luchar contra la creciente inseguridad jurídica", delimitar las atribuciones competenciales entre jueces y fiscales, instaurar la doble instancia penal, regular el sometimiento a plazo del secreto de sumario, incrementar el control de las intervenciones telefónicas y regular adecuadamente la fase de instrucción.
Derechos fundamentales y acusación particular
Además, se busca que la nueva regulación incorpore la doctrina que en materia de derechos fundamentales han sentado el Tribunal Supremo, el Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, así como que regule "con mayor precisión" el ejercicio de la acusación particular, los recursos o efectuar un revisión de los actuales supuestos de aforamiento y del sistema de ejecución de sentencias, entre otros.
La Comisión se adscribe a la Secretaría de Estado de Justicia, cuyo titular, Fernando Román, ejercerá labores de coordinación. Estará presidida por el magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena Gómez, e integrada por Jacobo López Barja, Antonio del Moral y Jaime Moreno.
La portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gabriela Bravo, también formará parte de la Comisión junto con los catedráticos de Derecho Luis Rodríguez Ramos y Nicolás González-Cuéllar.

lunes, 12 de marzo de 2012

PROTECCIÓN HIPOTECAS SIN RECURSOS

Nueva implantación de medidas de protección a deudores hipotecarios sin recursos
Desde este despacho de abogados en Alcázar de San Juan trasladamos las nuevas medidas de protección a deudores hipotecarios sin recursos que fueron aprobadas en el pasado Consejo de Ministros.
El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que establece medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social. En él se fijan los umbrales que dan entrada al colectivo a proteger, se limitan los intereses de demora y se reforman los procedimientos de ejecución extrajudicial. Junto al Real Decreto Ley, se incluye un Código de Buenas Prácticas que podrán suscribir de forma voluntaria las entidades financieras y que será publicado en el Boletín Oficial del Estado. Una vez suscrito, su cumplimiento será obligatorio y podrá invocarse ante los Tribunales.
En la norma se fija la definición del umbral de exclusión: que sea primera y única vivienda y que todos los miembros de la familia carezcan de rentas derivadas del trabajo o actividades económicas. Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 60 por 100 de los ingresos netos que perciban el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Deberán, asimismo, carecer de bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.
Valor de la vivienda
El valor de adquisición de la vivienda hipotecada deberá situarse en los siguientes márgenes:
  • Para ciudades de más de un millón de habitantes: 200.000 euros.
  • Para ciudades de más de quinientos mil habitantes o integradas en áreas metropolitanas de municipios de más de un millón de habitantes habitantes: 180.000 euros.
  • Para ciudades de más de cien mil habitantes: 150.000 euros.
  • Para ciudades de menos de cien mil habitantes: 120.000 euros.
También para las familias en el umbral de exclusión, el interés moratorio aplicable será el resultante de sumar a los intereses remuneratorios pactados en el préstamo un 2,5 por 100 sobre las cantidades debidas y no pagadas.
Se aborda, igualmente, en este Real Decreto Ley una reforma de los procedimientos de ejecución extrajudicial, con el fin de hacerlos más ágiles, baratos y transparentes en línea con los de ejecución judicial. En concreto habrá un nuevo sistema de subastas online en colaboración con los Ministerios de Justicia y de Presidencia.
Código de buenas prácticas
La reforma se completa con un Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras. Éstas deberán comunicar su inclusión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, quién hará público el listado. La permanencia en el Código será, como mínimo, de dos años y su incumplimiento podrá invocarse ante los Tribunales de Justicia por el afectado.
El seguimiento será efectuado por una Comisión de Control en la que estará una representación de la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Secretaría de Estado de Economía. La Comisión de Control publicará al respecto un informe semestral sobre el grado de cumplimiento del Código.
Fases de aplicación
El Código de Buenas Prácticas se aplicará en las siguientes fases:
  1. Reestructuración de la deuda hipotecaria: Los deudores en el ámbito de exclusión podrán solicitar a la entidad una reestructuración de su deuda hipotecaria que haga viable su pago y que deberá estar presentado en el plazo de un mes. Ese plan deberá incluir una carencia en la amortización de capital de cuatro años, la ampliación del plazo de amortización hasta cuarenta años y la reducción del tipo de interés aplicable a Euribor + 0,25 puntos. Podrán solicitar la reestructuración aquellos deudores cuyo procedimiento de ejecución no se haya iniciado.
  2. Medidas complementarias: Si pese a la refinanciación resulta inviable el pago de la deuda, el deudor podrá solicitar una quita en el capital pendiente de amortización. Se considerará inviable cualquier reestructuración que suponga para la unidad familiar una cuota hipotecaria superior al 60 por 100 de sus ingresos. Podrán solicitar la quita quienes estén en procedimiento de ejecución, siempre que no se haya anunciado la subasta.
  3. Medidas sustitutivas: Si ninguna de las dos fases anteriores da resultado, los deudores en ámbito de exclusión podrán solicitar la dación en pago de la vivienda. Supondrá la cancelación total de la deuda con la entrega de la vivienda, junto a las responsabilidades personales del deudor. El deudor podrá permanecer un plazo mínimo de dos años como arrendatario pagando una renta anual equivalente al 3 por 100 del importe de la deuda pendiente. Durante dicho plazo, el impago de la renta devengará un interés de demora del 20 por 100. La dación en pago no será aplicable cuando el procedimiento de ejecución haya concluido o si la vivienda está gravada con cargas posteriores