Valdeolivas&García ABOGADOS

domingo, 16 de septiembre de 2012

REFORMA DEL CODIGO PENAL

Resumen de las reformas del Código Penal
 
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón las principales novedades que se recogerán en la reforma del Código Penal y que puden resumirse en:
  • Se introduce la prisión permanente revisable para los tipos agravados de asesinato
  • La custodia de seguridad se aplicará a los reincidentes en delitos peligrosos de especial gravedad
  • La detención ilegal con desaparición se castigará como homicidio
  • Los delitos sexuales serán computados individualmente y no como continuados
  • La libertad condicional será regulada como una suspensión de la pena
  • Se suprimen las faltas: se tipificarán como delitos leves o pasarán a ser sancionadas por la vía administrativa
  • Se agrava el delito de atentado cuando se utilicen objetos que conlleven peligro para la integridad del agente
  • Se endurecen las penas para los autores de incendios forestales
  • La administración desleal de fondos públicos se castigará como malversación
  • Se modifica la esterilización forzosa para adecuar el Código Penal al Convenio Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento del informe previo al Anteproyecto de reforma del Código Penal, con el que se procede a la revisión del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves, según ha informado el Ministerio de Justicia.
En su comunicado, el Ministerio asegura que el objetivo por el que se crean nuevas figuras y medidas para el tratamiento de los delincuentes más peligrosos responde a la necesidad de corregir algunas deficiencias detectadas en la aplicación de ciertos tipos penales, así como a la homologación de nuestro ordenamiento con la normativa dela Unión Europea.
El nuevo texto introduce dos figuras novedosas en nuestra legislación, la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad, para proporcionar una respuesta penal más adecuada a ciertos crímenes que causan una especial repulsa social.
El anteproyecto, que se someterá en las próximas semanas a la aprobación del Consejo de Ministros, incluye además una nueva regulación del delito continuado, de la libertad condicional y la supresión de las faltas, por la que aquellas con suficiente relevancia penal se convertirán en delitos de escasa gravedad.http://www.abogadoalcazar.es/articulo.php?idn=400
 
 

PRISION PERMANENTE REVISABLE

Publicado el Domingo, 16 de Septiembre del 2012 por abogacía.es
Prisión permanente revisable
 
Tras escuchar a expertos, una vez que se ha entendido conveniente introducir la figura de la prisión permanente revisable, inédita en nuestro ordenamiento, se ha concluido que lo más conveniente es hacerlo incluyendo al menos parte de los delitos castigados con esta pena en los países de nuestro entorno.
Es decir, la prisión permanente revisable se aplicará a los homicidios terroristas, pero también a los cometidos contra el rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. También será la pena prevista para los casos de genocidio y crímenes de lesa humanidad con homicidio, así como en el primer caso, con agresión sexual.
Los tribunales podrán aplicar este tipo de pena en algunos tipos de asesinatos agravados: cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable; cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; en los múltiples, y en los cometidos por miembros de una organización criminal.
La nueva pena trae consigo un cumplimiento íntegro de la privación de libertad durante un periodo de tiempo establecido y solo después de este se aplicará el sistema de revisión que permitirá la puesta en libertad del condenado si cumple una serie de requisitos. Esta revisión se podrá realizar a petición del reo, pero también se hará de oficio porla Sala al menos cada dos años.
La aplicación de la prisión permanente revisable ha sido avalada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en distintas sentencias tras su aplicación en los países de nuestro entorno, en las que ha determinado que la posibilidad de revisión de la condena satisface el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

http://www.abogadoalcazar.es/articulo.php?idn=401

miércoles, 12 de septiembre de 2012

POLICIA NACIONAL DE ALCAZAR DE SAN JUAN

Detenida una persona como presunto culpable de un robo con fuerza en el interior de un domicilio en Alcázar de San Juan
El detenido y presunto autor de los hechos, fue sorprendido en el interior de la vivienda por sus moradores, que fueron los que alertaron a la Policía. Esta persona es de sobra conocida en la localidad como delincuente habitual ya que tiene un amplio historial delictivo.
Agentes de Policía Nacional adscritos a la Comisaría de Alcázar de San Juan, tras recibir una llamada en la Sala de Emergencia del 091, informando de que, al parecer, se estaba cometiendo un robo en un domicilio de dicha localidad, fueron comisionados para que se dirigieran al lugar de los hechos.

Una vez informados por la requirente, ésta les reitera que su hijo ha escuchado ruidos en el interior de un domicilio de un familiar, así como que cuando fue a comprobar el motivo de dicho ruido, al abrir una de las habitaciones se ha encontrado con una persona, la cual se introdujo tras fracturar la ventana y al verse sorprendido emprendió la huida.

Ésta le facilita los rasgos físicos de la persona encontrada en el domicilio y además su nombre, por conocerlo de vista, como delincuente habitual por su amplio historial delictivo.

Se monta un dispositivo por las calles cercanas al domicilio violentado y en las inmediaciones, los Funcionarios actuantes detienen a V.M.A.J., el cual fue puesto a disposición de la Autoridad Judicial, que tras tomarle declaración decretó su ingreso en prisión.


DETENIDOS (UNO)
V.M.A.J., de 32 años de edad y al que le constan 25 detenciones. http://www.abogadoalcazar.es/articulo.php?idn=399